El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) publicó la denominada Ley de la Comunicación Audiovisual de Cataluña, aprobada el pasado 20 de diciembre en el Parlament.
El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) publicó la denominada Ley de la Comunicación Audiovisual de Cataluña, aprobada el pasado 20 de diciembre en el Parlament.
En la práctica permite esta ley permite ya al Gobierno autonómico cerrar una emisora si juzga que no da información veraz. La polémica ley, calificada de “mordaza”, da pleno poder al Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC), órgano de extracción política, para poner severas sanciones a los medios e incluso forzar el cierre temal de los mismos si considera que estos incumplen su normativa. El CAC podrá poner multas de entre 90.001 y 300.000 euros, así como la suspensión de actividades tres meses, para las infracciones catalogadas como muy graves.
La norma establece como infracciones muy graves el incumpliento de los “principios básicos de regulación de contenidos” que obligan a “una información veraz”, y que fuerzan a distinguir claramente las informaciones de las opiniones y que litan la libertad de expresión e información en base al respeto a la dignidad y la no incitación al odio motivos de raza, sexo, religión o nacionalidad.
La Ley del Audiovisual de Cataluña, según figura en el Diario Oficial, regula el sector para adaptarlo a la aparición de nuevas tecnologías de comunicación y al marco regulador comunitario y estatal, estableciendo las competencias concretas de la Generalitat para dotarla de mayor protagonismo en la regulación y en la planificación del espacio radioeléctrico, y los principios que han de regir tanto el servicio público audiovisual catalán como la actividad privada en este campo.
AGENCIAS