El TSJC obliga a una escuela a dar clases en castellano

La resolución, dictada ayer el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), obliga a la Generalitat a que un alumno de segundo curso de praria reciba todas las clases en castellano, y se le enseñe esa lengua durante un míno de tres horas y media semanales. El Tribunal recuerda a la Administración autonómica que su actuación es contraria a la Ley de Política Lingüística, que aprobó el Parlamento catalán, y que permite recibir las clases en castellano hasta los siete años cuando los padres lo soliciten.

La resolución, dictada ayer el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), obliga a la Generalitat a que un alumno de segundo curso de praria reciba todas las clases en castellano, y se le enseñe esa lengua durante un míno de tres horas y media semanales. El Tribunal recuerda a la Administración autonómica que su actuación es contraria a la Ley de Política Lingüística, que aprobó el Parlamento catalán, y que permite recibir las clases en castellano hasta los siete años cuando un padre lo solicite.

La resolución del Tribunal Superior catalán atiende la petición del padre de un alumno de siete años de segundo curso de praria del colegio Feliu i Veguès, en Badalona. Previamente había solicitado el curso pasado al Departamento de Enseñanza que su hijo recibiese la educación de todas las materias en castellano y que se le enseñase esa lengua, pero la Generalitat desestó su petición el pasado 4 de julio.

Ahora los tribunales le dan la razón  y acuerdan que la Generalitat adopte las medidas necesarias para que el niño reciba este curso la educación “mediante atención y sote individualizado en castellano en todas las áreas de conociento”. El tribunal también obliga a que “se parta la enseñanza de la lengua catalana correspondiente a ese curso según el horario reglamentariamente establecido”, como ocurre con el resto de las materias.

La decisión judicial recuerda que el artículo 21.2 de la vigente Ley de Política Lingüística que aprobó el Parlamento catalán establece que “los niños tienen derecho a recibir la prera enseñanza en su lengua habitual, ya sea ésta el catalán o el castellano”. El mismo artículo precisa también que “la administración ha de garantizar este derecho y poner los medios necesarios para hacerlo efectivo” y que es a los padres y a los tutores a quien corresponde ejercer ese derecho, aplicable en la educación infantil y hasta segundo curso de praria.

Por otra parte, un tavoz del departamento de Educación de la Generalitat ha explicado, en declaraciones a EFE, que en el curso 20042005 sólo se escolarizaron en castellano en Cataluña “4 ó 5 niños”, y en el curso actual el número también “es míno y casi una anécdota”.

 

Las mismas fuentes han señalado que a pesar de que la ley dice que hasta los 7 años de edad se debe garantizar la escolarización de los niños en su lengua materna, y que es un derecho de los padres elegir el idioma en que quieren que sus hijos reciban clases, son muy pocos los casos en los que se pide que la enseñanza sea en castellano.


También han señalado que hasta dentro de dos o tres días no tendrán datos exactos de cuántos niños estudian actualmente en castellano, ya que los datos se debe recopilar en la inspección educativa y en los servicios territoriales.

Desde el departamento de Educación de la Generalitat se ha remarcado que cuando una familia pide que su hijo sea escolarizado en castellano, es el centro el que debe resolver el caso, y que en función de lo que dice la ley, debe organizar la atención individualizada del niño.

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