El PP ha presentado ante el Tribunal Constitucional un recurso contra la ley audiovisual de Cataluña, al considerar que 50 de sus artículos vulneran diez preceptos de la Carta Magna.
El PP ha presentado ante el Tribunal Constitucional un recurso contra la ley audiovisual de Cataluña, al considerar que 50 de sus artículos vulneran diez preceptos de la Carta Magna.
En su recurso, el PP argumenta que, “con la excusa de crear un pretendido espacio de comunicación audiovisual, propio de la Generalidad de Cataluña, ésta invade espacios de libertad garantizados la Constitución a la sociedad civil catalana y española”.
Según explica en un comunicado, con la ley audiovisual, que entró en vigor en enero, se otorgaron poderes “desprocionados” al Gobierno catalán y al Consejo Audiovisual catalán, “ocupando competencias reservadas al Estado y arrogándose la capacidad de definición de conceptos, como veracidad, pluralismo, normalidad lingüística y desarrollo de derechos fundamentales, de un modo exclusivo y excluyente”.
El recurso consta de tres bloques: el prero dedicado a la vulneración de derechos fundamentales; el segundo relativo a la infracción del régen lingüístico establecido la Constitución; y el tercero referente a la invasión de competencias estatales.
En el prer bloque, el PP considera inconstitucional la potestad sancionadora de la ley audiovisual, ya que otorga al CAC la capacidad de clausurar temalmente medios de comunicación y de ordenar el cese definitivo de sus emisiones en virtud de sus contenidos, “a partir de preceptos genéricos y tipos en blanco”.
Esas competencias suponen “un sacrificio de la libertad de comunicación sin razón ni justificación alguna”, subraya el PP, que asegura que los tribunales son los únicos competentes para suspender o cerrar una emisora la ilicitud de sus contenidos. Los populares critican que el CAC pueda dictar instrucciones que definan “el contenido de lo que es o no veraz, delitando cuándo hay información y cuándo opinión” y denuncian que se pretenda “moralizar sobre los contenidos audiovisuales, hasta extremos tales que resultan incompatibles con la libertad de información y con las libertades de opinión y expresión”.
“No existe un límite más severo en el ordenamiento para la libertad de expresión y de información que la privación del derecho a comunicar”, subraya el PP, que denuncia que el CAC se convierte “en juez y definidor de deberes”. En cuanto a las infracciones al régen lingüístico, el PP denuncia que “el espacio audiovisual catalán se pretende utilizar para desequilibrar absolutamente el tratamiento de la lengua” en Cataluña, con un “arrinconamiento progresivo” del castellano para otorgar “un desmedido protagonismo a la lengua catalana y aranesa, más allá de todo límite razonable”.
El partido sostiene que se vulnera el artículo 3 de la Constitución, que la ley catalana “conlleva que los contenidos del medio deberán ser, como regla, en catalán y, como excepción, en castellano”, de modo que, se manera indirecta, se pone a los ciudadanos el conociento del catalán “so pena de no poder acceder en absoluto” a los contenidos de los medios. Se “cercena” así el derecho a recibir libremente información y se “coarta” el derecho de los medios a usar el castellano cuando lo crean conveniente, señala el PP, que defiende la cooficialidad y la paridad de las lenguas frente a una ley que “deja a la lengua castellana reducida a la mína expresión”.
Además, el PP aprecia motivos de inconstitucionalidad en las adjudicaciones, al entender que se establece “una notoria discrinación positiva” para la producción en catalán y para que los productores establezcan su residencia en Cataluña, un precepto que, subraya, vulneraría también la libertad de circulación vigente en al Unión Europea. En el tercer bloque del recurso, el PP denuncia que la invasión de competencias estatales, ya que corresponde al Estado “toda norma que afecte a aspectos esenciales de los derechos fundamentales” y, asegura, la suspensión o el cese definitivo de las emisiones son “un aspecto esencial”.
AGENCIAS
