Lo que debes saber si quieres reclamar contra tu Seguro

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Si estás harto de esperar al teléfono y el departamento de atención al cliente de tu seguro no te haya dado respuesta en dos meses o bien tu reclamación haya sido denegada, aún queda una alternativa: recurrir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Este organismo atiende las consultas, quejas y reclamaciones sobre las aseguradoras y gestoras de fondos de pensiones, así como mediadores. A continuación, PRSeguros os presenta una guía práctica sobre cómo usar este últo recurso.

 

La DGSFP aplica la  Ley 44/2002 de 22 de noviembre que protege al asegurado, que podrá presentar una reclamación contra su aseguradora –salvo los contratos de grandes riesgos, así como las gestoras de fondos de pensiones, los mediadores de seguros o las entidades de crédito en materia de seguros o planes de pensiones.

 

¿Qué se va a reclamar?

Lo prero es saber si lo que se va a presentar es una queja, una reclamación o una consulta.

 

¿Quién puede reclamar?

 

 

¿Qué documentos hay que presentar?

 

 

 

 

¿Qué hará el Servicio de Reclamaciones de la DGS?

 

 

 

¿Qué puede hacer el reclamante si no está conforme?

 

¿Cómo concluirá el proceso?

 

 

 

 Seguiremos Informando…

 

 

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