EL JUZGADO PROHÍBE A MEDIAPRO-LA SEXTA LA EMISIÓN DEL RECREATIVO-BARÇA

Publicidad
Cargando…
Publicidad no disponible

COMUNICADO EMITIDO POR AVS (EN BREVES MINUTOS OS OFRECEREMOS LA NOTA COMPLETA)

El Juzgado de Prera Instancia núm. 36 de Madrid, que tramita la demanda interpuesta AVS contra Mediapro los graves incumplientos de esta últa del contrato de julio de 2006 sobre la explotación del fútbol, ha estado íntegramente las medidas cautelares presentadas Audiovisual St (AVS) contra el Real Club Recreativo de Huelva SAD que pretendía y había manifestado públicamente su intención de permitir la entrada en su estadio de las cámaras de MediaproLa Sexta, para emitir, sin derechos, el RecreativoBarça del próxo sábado, fijado la Liga de Fútbol como el partido de interés general.

La resolución judicial, que es ejecutiva, que AVS ya ha depositado la caución exigida, y así lo ha confirmado el propio Juzgado, ordena al Recreativo de Huelva que cumpla el contrato de 22 de diciembre de 2005, firmado entre el club y AVS, y "permita sólo y exclusivamente a AVS su acceso al estadio para realizar la producción audiovisual del partido Recreativo de HuelvaF.C. Barcelona que se disputará el próxo sábado 12 de abril a las 22.00 horas prohibiendo dicho acceso a cualquier entidad u operador no designado expresamente AVS". El Juzgado aclara que "contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 733 de la LEC".

La resolución judicial afirma, en sus fundamentos de derecho, que el Recreativo debe cumplir el contrato firmado con Sogecable el 22 diciembre de 2005, y posteriormente cedido esta compañía a AVS, " el cual le cedió en exclusiva a Sogecable los derechos audiovisuales y televisivos de los partidos de Prera y Segunda División y Copa del Rey, cediendo el club a Sogecable en exclusiva los derechos de explotación cualquier sistema o procediento y la facultad de comercializar y explotar los partidos de dichas competiciones".

La resolución judicial afirma que Sogecable, en virtud de la estipulación 10ª del contrato, "procedió a ceder los derechos mencionados a AVS tal y como se deduce de las facturas y justificantes de pago", y que el mencionado contrato está vigente hasta la temada 2008/09

El Juzgado afirma también que, según los documentos atados, la intención del canal de televisión La Sexta era emitir el partido en abierto y en directo dada la publicidad que a la emisión de dicho partido se ha efectuado dicho canal televisivo y que para ello el Recreativo de Huelva  iba a permitir la entrada en su estadio de los equipos de grabación y producción y su consiguiente comercialización, razones éstas que permiten la adopción de la medida cautelares solicitadas AVS.

La LFP fijó el partido RecreBarcelona, el sábado 22,00 horas, a pesar de que el horario que había señalado AVS era el domingo, a las 19,00. A raíz de esta actuación unilateral y arbitraria de la LFP, AVS, tal y como viene haciendo durante toda la temada en tanto Mediapro siga sin cumplir sus obligaciones contractuales, ha ofrecido a todos los operadores nacionales de televisión en abierto, incluida La Sexta, la retransmisión del partido indicado, a fin de dar cumpliento a las disposiciones de la Ley 21/97 (de emisión y retransmisión de acontecientos detivos).

Madrid, 10 de abril de 2008

Publicidad
Cargando…
Publicidad no disponible
Publicidad
Cargando…
Publicidad no disponible
Salir de la versión móvil