El Defensor del Pueblo ha comunicado al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) que admite su queja contra el Reglamento de organización y régen Notarial considerar que puede dar lugar a interpretaciones discrinatorias para las personas con discapacidad.
En concreto, el artículo 182 del reglamento establece que ‘son incapaces o inhábiles para intervenir como testigos en una escritura notarial las personas con discapacidad psíquica, los invidentes, los sordos y los mudos'. A juicio del CERMI, esto lita injustificada y desprocionadamente determinadas funciones a las personas con discapacidad.
Ahora, el Defensor del Pueblo ha expresado su acuerdo con esta queja y ha asegurado que iniciará las actuaciones otunas con la Secretaría de Estado de Justicia para intentar solventar esta situación. Considera que ‘la interpretación literal del artículo 182 puede dar lugar a discrinaciones, pues pide la intervención de ciertas personas en un acto para que el pueden ser capaces, así como la ausencia de matizaciones a unas prohibiciones demasiado genéricas'.
El CERMI es la plataforma de representación y encuentro de las personas con discapacidad que aglutina a más de 4.000 asociaciones y entidades, que representan en su conjunto a los casi cuatro millones de personas con discapacidad que hay en España. Su objetivo es conseguir el reconociento de los derechos y la plena ciudadanía en igualdad de otunidades de este colectivo.