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La Corte Suprema de Justicia Colombiana ha dictado una ejemplar sentencia que ordena al Ejército a entregar la información solicitada un periodista y ha indicado que la negativa de acceso a la información amparada en el argumento de seguridad nacional debe ser fundamentado.
Los hechos se remontan al pasado mes de abril, cuando un periodista pidió información sobre las condiciones en las que habían muerto diez personas a las que el ejército señalaba como miembros de grupos armados. El Ejército Nacional se negó a dar los datos requeridos alegando que se trataba de un asunto relacionado con la defensa y la seguridad nacional, tal y como ha informado la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP).
Ante la negativa, y con el asesoramiento de la FLIP, el periodista emprendió una acción judicial que ha culminado con la sentencia de la Corte que ordena al ejército a entregar la información solicitada. El fallo indica, además, que el ejército se litó a decir que se trataba de asuntos relacionados con la seguridad nacional sin esgrir ningún argumento que explicase en qué medida la seguridad nacional se vería comprometida con la difusión de los datos solicitados.
Asismo, el magistrado ha considerado que un hecho pasado no puede afectar a la seguridad nacional. Mediante esta sentencia, la Corte sigue los lineamientos establecidos los estándares internacionales en materia de acceso a la información.