¿De qué va el nuevo Reglamento del seguro?

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Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento del Seguro Obligatorio de Vehículos a Motor se mejora de la protección económica de las víctas de accidentes de tráfico, ampliando la cobertura obligatoria y splificando los trámites de reclamación. Ahora, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha iniciado una campaña informativa para que los usuarios sepan de qué va esta medida.

 

Uno de los aspectos más tantes y que más discusión generó son los nuevos límites indemnizatorios que recoge el Reglamento y que contempla una compensación de un máxo de 70 millones de euros para daños a las personas y de 15 millones de euros como máxo para daños materiales.

Sin embargo, si la indemnización de los daños materiales supere el límite, la norma contempla la posibilidad de que se utilice el remanente de la compensación daños personales para cubrir la indemnización total logrando, de este modo, que la cobertura sea casi ilitada y elinando el sistema del doble aseguramiento que hasta ahora se utilizaba en los seguros ‘a terceros', que incluía el seguro obligatorio y el seguro voluntario complementario.

AEA valora también que se haya definido claramente lo que se entiende vehículos a motor y lo que se consideran ‘hechos de circulación' a efectos de cobertura y que las víctas de conductas tipificadas en el Código Penal como delitos contra la seguridad vial, como conducción temeraria o bajo los efectos del alcohol, estén cubiertas el seguro.

Otra novedad es que cuando la aseguradora no pueda realizar una oferta concreta de indemnización a la vícta que no hayan podido cuantificar los daños causas que no les sean putables, tendrá la obligación de indicar los pagos parciales que vaya efectuando, así como su compromiso de realizar una oferta motivada de indemnización tan pronto como disponga de la información necesaria. El Reglamento también contempla que la compañía debe informar al perjudicado cada dos meses sobre la situación de la tramitación.

Además, el Fichero de Vehículos Asegurados (FIVA) podrá junto con controlar el cumpliento de asegurarse, facilitar a los perjudicados en un accidente de tráfico la información necesaria sobre la aseguradora que cubre la responsabilidad civil de cada uno de los vehículos plicados en un accidente, splificando la consulta al fichero ya que no será necesario atar la copia del DNI de quien realiza la consulta.

AEA está a la espera de que culminen las negociaciones para la actualización del baremo que regula las indemnizaciones a las víctas de accidentes de tráfico y está informando de todos los alcances que esta medida tendrá para los usuarios a través de su página web, http://www.aeaclub.com/.

Seguiremos Informando…

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