Se estudiará reducir a la mitad el importe de las multas pagadas en el momento

Publicidad

El anteproyecto de Ley aprobado el Consejo de Ministros recoge que las sanciones de tráfico que sean pagadas en un plazo de quince días tengan una reducción del 40%. Se trata de un 10% más que la actual, que es un 30%. Igualmente se reducirá en ese mismo centaje el tiempo de suspensión del permiso de conducción. Sin embargo, la reducción podría ser mayor. Así lo ha resaltado la agencia Europa Press. Y es que la DGT podría estudiar rebajar la cuantía de las multas pagadas de manera voluntaria en un 50%.  

Una reducción de la mitad. Esta es la idea que ese está barajando y así lo han solicitado desde la oposición. Tal y como relata la agencia Europa Press, el director de Tráfico, Pere Navarro, ‘se ha mostrado abierto a estudiar la demanda' de algunos grupos parlamentarios. ¿Cuál es la causa de esta solicitud? Entre otros motivos se encuentran la actual situación de crisis económica y la idea de que se trate de una actitud ‘pedagógica'.

Y es que actualmente el 30% de las multas se quedan sin pagar. De hecho, el objetivo principal de este anteproyecto es reducir el elevado índice de ‘morosos' de la lista de Tráfico y reducir el tiempo entre que el conductor recibe la sanción y finalmente se abona. Además, se busca evitar la enorme descompensación entre la recaudación obtenida la DGT las multas (que es de un 70%) y la que reciben los ayuntamientos (25%).

Tal y como les informábamos desde prseguridad vial, igualmente hay modificaciones en el sistema de notificación. Ahora bastará con una y no con tres. De hecho, se creará la Dirección Electrónica Vial (DEV), que se asignará obligatoriamente la DGT a todas las personas jurídicas que sean titulares de un vehículo, así como a las personas físicas que pueden solicitarlo voluntariamente. Igualmente se incluye el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, en donde se publicarán las notificaciones que no puedan hacerse en la DEV o en el domicilio físico y que va a sustituir a la obligada publicación en el tablón de edictor del Ayuntamiento, del BOE, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia.

Además, se fijan las cuantías en cantidades exactas de 100 euros para las infracciones leves, 200 euros para las graves y 500 euros para las muy graves, que podrán incrementarse el órgano competente para sancionar hasta en un 30 % la existencia de circunstancias adicionales como el peligro potencial.

Tal y como resalta la DGT no se ha incrementado la cuantía de las multas. De hecho, se han elinados algunas, como la suspensión del permiso de conducción para  las graves, manteniéndose sólo para las muy graves en dos meses (actualmente entre uno y tres meses), y se incluyen otras como la suspensión del permiso de circulación si no se  identifica al conductor del vehículo con el que se ha cometido una infracción, o, para los extranjeros no residentes en España que cometan infracciones en el territorio español, la prohibición de utilizar el vehículo durante un mes, además de anotar la pérdida  de puntos, terminando así con la sensación de punidad de éstos en nuestro país.

Seguiremos Informando…

Publicidad
Publicidad
Salir de la versión móvil