COMUNICADO DEL GRUPO FRANCISCO HERNANDO
La Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid, mediante un auto dictado en fecha 15 de Enero de 2009 y del que ha sido ponente el Magistrado D. Carlos Martín Meizoso, ha ordenado al Juzgado de Instrucción nº 43 de Madrid abrir y tramitar el correspondiente procediento incoado querella de Francisco Hernando, y su empresa Obras Nuevas de Edificación 2000, S.L. contra el actual Coordinador de Izquierda Unida, Cayo Lara Moya, el Alcalde de Seseña, Manuel Fuentes Revuelta y el Secretario de Organización de Izquierda Unida Federal, Manuel Cámara Fernández., entender que los tres podrían haber cometido un delito de denuncia falsa al haber formulado contra El Pocero una denuncia antes la Fiscalía Anticorrupción, la cual, tras una amplia investigación, no encontró motivo alguno para incrinar a Hernando.
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Tras esta decisión de la Fiscalía, Hernando consideró que los miembros de Izquierda Unida habían incurrido en un delito de denuncia falsa, pero el Juez de Instrucción nº 43 de Madrid estó que se habían litado a poner en conociento del Ministerio Fiscal unos hechos sin putación concreta y específica de conductas. La Audiencia Provincial dictamina ahora que "eso no es así" y añade: " La denuncia hacía mención concreta de hechos, de tipo penales (prevaricación404 y ss del Código Penal, cohecho 419 y ss, malversación 432 y ss, fraude y exacción ilegal 436 y ss, delito contra la hacienda pública y presunto trato de favor) y especificaba sus posibles autores nominalmente, entre los que se incluía el hoy recurrente, Francisco Hernando Contreras, y su empresa, ONDE 2000, S.L.".
La Sala considera que la denuncia presentada ante la Fiscalía Lara, Fuentes y Cámara contra el Pocero pudiera ser constitutiva de un delito de denuncia falsa, pues, según entiende, " lo cierto es que con la conducta de Manuel Fuentes, Cayo Lara y Manuel Cámara, denunciando los hechos expuestos, se pusieron en marcha procedientos administrativos y aún judiciales", lo que si se comprueba que tras la presentación de la denuncia luego no se corrobora la realidad de los hechos denunciados, automáticamente de incurre en un delito de denuncia falsa que es "de mera actividad".
Según fuentes consultadas, la pena el delito de denuncia falsa que pudiera ponerse a los autores de la misma puede llegar a ser de hasta 2 años de prisión y multa de hasta 24 meses y podría conllevar la inhabilitación para ostentar cargos públicos para los enunciados Cayo Lara, Manuel Fuentes y Manuel Cámara.