Los conductores podrán acogerse al descuento de multas y recurrir la pérdida de puntos

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El Tribunal Supremo ha reconocido la eficacia del sistema de carné puntos al rechazar un recurso de nulidad solicitado la Asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA). Sin embargo, el Supremo introduce varias matizaciones como es el caso de poder recurrir la pérdida de puntos a pesar de haberse acogido al descuento de multas pronto pago, que es de un 30%.

 

Actualmente, cuando un conductor abona la multa en un periodo inferior a 30 días ve como la sanción económica desciende en un 30%. Además se pierden puntos del carné de conducir. Con la nueva reforma de la Ley de Seguridad Vial que se ha aprobado en el Congreso, el descuento será del 50% si se paga en un periodo de 15 días. Cuando el conductor se acogía a este descuento renegaba automáticamente de la posibilidad de recurrir la pérdida de puntos. Ahora, el Tribunal Supremo ha dado un revés a esta medida.

 

Con esta sentencia del alto tribunal, los conductores sancionados podrán acogerse a este descuento de pronto pago y al mismo tiempo podrán recurrir la pérdida de puntos. Según esta resolución, ‘la pugnación de la resolución sancionadora podrá producirse en los casos en los que el interesado hubiese obtenido una reducción del 30 ciento sobre la cuantía de la multa haber realizado el pago de su te durante los 30 días naturales siguientes al de la notificación del boletín de denuncia’.

 

La AEA alegaba que el carné puntos pedía a los conductores ejercer plenamente el derecho de su defensa ya que automáticamente no podían reclamar al haberse acogido al descuento. Y es que el Tribunal Supremo defiende la ‘plena compatibilidad’ del carné puntos con las normativas de la Unión Europea.

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