Los sancionados tendrán 20 días para acogerse al 50%

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Tras una complicada jornada, finalmente la reforma de la Ley de Seguridad Vial volverá la semana que viene al Congreso. Entre las novedades cabe destacar que en lugar de 15 serán 20 los días con los que contarán los sancionados para acogerse al pronto pago y aprovecharse del descuento del 50% en la multa. Sin embargo, en contra de lo estableció anteriormente, en caso de acogerse a esta rebaja no se podrá recurrir.  Igualmente hay que destacar que dejarán de restar puntos sanciones como aparcar o estacionar en el carril bus. Esta últa medida comenzará a tener vigencia desde el mismo día de la aprobación de la norma. Para el resto habrá que esperar seis meses una vez se apruebe.

 

La aprobación se ha hecho esperar pero finalmente llegará la próxa semana nuevamente al Congreso. Una reforma,  basada tanto en el sistema sancionador como en la actualización de la tabla de sanciones, que ha sufrido modificaciones y que no contaba plenamente con el apoyo de Tráfico, que buscaba agilizar los pagos y reducir el tiempo. Tras su aprobación en el Senado pasa ahora al Congreso, donde se tendrá que dar el visto bueno. Una vez que allí se apruebe habrá que esperar un periodo de seis meses para que entre en vigor.

 

Las últas novedades residen en el periodo para acogerse al prontopago. Mientras que en el anterior texto el tiempo era de 15 días, las últas modificaciones señalan como 20 el tiempo con el que cuenta el sancionado para acogerse al 50% de descuento en la multa. Sin embargo, no se podrá recurrir. Aún así, habrá que esperar a que la norma entre vigor. Debemos destacar que el Tribunal Supremo anunció a Tráfico hace tan sólo unos meses que los conductores tenían derecho a aprovecharse del descuento y a presentar alegaciones para recurrir la pérdida de puntos.

 

Por otro lado, en lo que a la identificación del conductor se refiere, hay que destacar la retirada de la enmienda la que el titular del vehículo sólo debía identificarlo cuando éste supiera quién conducía en el momento de cometer la infracción. En este apartado hay que señalar que, con el nuevo texto, el conductor que tenga sin pagar cuatro multas sanciones graves o muy graves no podrá realizar gestiones de Tráfico con lo que vehículos de los que es titular.

 

Hay que destacar la medida la que se archivarán los expedientes abiertos desde que comenzó la tramitación de la norma. De esta forma, todos aquellos que hayan sido sancionados desde diciembre de 2008 infracciones que ahora dejan de acarrear pérdida de puntos verán sus casos finalizados.

 

En esta línea, dejan de restar puntos aparcar o estaciones en el carril bus (esta medida comenzará a tener vigencia el mismo día de la aprobación de la norma). Además, la grúa podrá retirarnos el coche sólo cuando no se haya abonado ni un solo euro y se exceda el triple el tiempo que se había abonado. Asismo, el Gobierno se verá obligado a revisar las condiciones de señalización vertical en el periodo de un año.

 

Al igual que en las anteriores ocasiones se sigue respetando el destinar el dinero de las multas a las víctas de accidentes de tráfico y a la seguridad vial. Igualmente se ha hecho hincapié en los márgenes de error de los radares. De esta forma, Tráfico no multará desde el prer kilómetro de exceso, es decir, seguirá respetando los márgenes de error, que se sitúan entre un 3% y 10%.

 

Por últo, destacamos algunas medidas como la enmienda la que se exen de responsabilidad a los dueños de coto de caza en caso de que uno de sus anales provoque un accidente o la consideración de infracción leve el ir en bicicleta sin elementos luminosos. Esta últa infracción será sancionada con 100 euros.

 

Seguiremos Informando…

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