Una sentencia anula las licencias TDT de Pontevedra

tdt
Publicidad

 

Una Sentencia declara nulas las licencias de Pontevedra concedidas a Pontevedra, S.A, Faro de Vigo, S.A.U., y Lérez Canal 29 S.L tras un recurso interpuesto Televisión da Mancomunidade do Salnés S.L contra la concesión en esta demarcación. La STC reconoce que las licencias estaban adjudicadas previamente al concurso. En uno de los casos, la televisión obtuvo una de las puntuaciones más bajas y sin embargo fue adjudicataria de una.

 

Según nos comunica el despacho de abogados Díez&Romero, representantes de Televisión da Mancomunidade do Salnés S.L, esta Sentencia anula cualquier tipo de supremacía de las televisiones cuyas licencias han sido ahora anuladas. La justicia reconoce además en este caso que el concurso el cual se concedieron dichas licencias no fue del todo claro.

 

En el caso de Lérez Canal 29, S.L la televisión obtuvo una de las puntuaciones más bajas según los informes del concurso y sin que se explicara nada obtuvo sin embargo la licencia. ‘La adjudicación a favor de Lérez Canal 29, S.L., no viene en absoluto explicada cuando resulta que su puntuación tanto en los Informes A como en los Informes B fue de las más bajas, y sin que del informe de la Comisión Arbitral resulte una explicación del motivo de la adjudicación propuesta y finalmente realizada’ reza la Sentencia.

 

En el caso de Televisión de Pontevedra, S.A ha quedado patente su dependencia a Prisa, con lo que quedaría patente la prioridad de los grandes grupos a la hora de obtener licencias. ‘Televisión de Pontevedra, S.A., ostenta una ‘dependencia o vinculación’ con el grupo PRISA, ‘hasta el punto que utiliza el nombre de tal grupo empresarial en el cuadro referido a las proposiciones de adjudicación’, y añada para mayor precisión ‘afirmándose en tal informe la pertenencia de Televisión de Pontevedra, S.A., a tal grupo’ dice la STC.

 

En cuanto a Faro de Vigo SAU se anularía su licencia al quedar demostrado que tiene varias adjudicaciones en el concurso lo que conforma una unidad de decisión, siendo contrario esto a la Ley de Televisiones Locales. ‘Faro de Vigo SAU en cuanto que ha obtenido ‘varias adjudicaciones en el concurso, además de las concedidas a La Opinión de A Coruña, S.L., apreciándose la unidad de decisión a que se refiere el artículo 7.1. Ley 41/95; también afectaría a Lérez Canal 29, S.L., que recibió diversas adjudicaciones además de las realizadas a favor de Telelugo el Progreso, S.L., con la correspondiente unidad de decisión (…), lo conduciría a la anulación de las adjudicaciones efectuadas’ apunta el texto. Esta Sentencia se une a otra que anulaba las Sentencias de la demarcación de Ferrol.

 

Seguiremos informando…

Publicidad
Publicidad
Salir de la versión móvil