Competencia no ve clara la liberación del sector ferroviario

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La Comisión Nacional de Competencia (CNC) cree que Renfe tiene una posición privilegiada que puede dar lugar a estrategias que liten el acceso de operadores al mercado del transte ferroviario.

 

La CNC recomienda una serie de mecanismos que ‘liten la capacidad de la operadora de utilizar los recursos públicos indispensables’ para la prestación de los servicios ferroviarios, ‘de modo que no ralentice innecesariamente el proceso de liberalización del sector’ ya iniciado en España en 2005.

 

Tal y como informa Europa Press, la CNC estudiará la conveniencia de abrir a la competencia las líneas ferroviarias o corredores en aquellos casos en los que resulte viable económicamente, o que se felicite al resto de operadores el acceso a los activos estratégicos como son, ejemplo, la explotación de líneas en una determinada franja horaria.

 

En un informe emitido sobre la Ley Ómnibus, el organismo que preside Luis Berenguer detecta que es la Ley Ferroviaria la que concede esta ‘posición favorable’ a Renfe, que además se ve ‘ampliada’ en el reglamento que desarrolla dicho texto legal. La Ley del Sector Ferroviario abrió la apertura a la competencia del transte en tren en España con su entrada en vigor el 1 de enero de 2005 empezando el tráfico de mercancías. El de viajeros está pendiente del calendario que se acuerde en la UE.

 

Según Competencia, entre los elementos de ‘posición favorable’ que esta ley otorga a Renfe destaca el hecho de que le concede legalmente habilitación directa para operar, que tiene asignada la capacidad de línea ferroviaria necesaria para prestar sus servicios y que puede lograrla directamente para prestar otros nuevos. Asismo, señala que Renfe ‘disfruta’ de habilitación para su personal y su material rodante, según lo establecido en disposiciones adicionales tanto de la Ley como de su reglamento.

 

Además, la CNC indica que este reglamento amplía a los servicios de transte de viajeros los ‘privilegios’ que la Ley otorgaba a Renfe sobre el tráfico de mercancías. El texto del reglamento señala que ‘cuando este mercado de pasajeros se abra a la competencia la operadora conservará el derecho a explotar la capacidad de red ferroviaria que entonces esté utilizando y podrá solicitar que se le asigne capacidad adicional’.

 

Europa Press / PRNoticias

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