La larga historia de la reducción del IVA en los libros electrónicos

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Desde la Asociación Nacional de Empresas de Intet, ANEI, aplaudos la decisión anunciada el Ministerio de Cultura al reducir el IVA de los libros electrónicos del 16% al 4%.

Pero el error de base que permitía la ruptura del concepto de neutralidad fiscal proviene de la decisión tomada el ECOFIN (Consejo de Ministros de Finanzas de la UE), hace ya bastantes años, siendo nuestro representante el ex ministro Cristobal Montoro. Ya entonces ANEI se reunió con el ministerio de economía y presentó la documentación pertinente alegando la ruptura del citado concepto de neutralidad fiscal y el detrento que ello producía al sector del comercio electrónico.

Ha sido una larga lucha para que se rompiera esa discrinación fiscal de un sote sobre otro. No tenía ningún sentido que una obra concreta en papel tuviera menor IVA que el mismo contenido en otro sote. Al fin y al cabo se trataba del mismo producto y suponía un obvio freno competitivo a un mercado con proyección.

Este particular estaba muy claro en la legislación de los EEUU con la llamada Intet Tax Freedom Act (IFA) cuya vigencia fue prolongada  2 años mas, con el cambio de nombre a Intet Tax Non Discrmination Act (INA). En resumen, lo que decía era que un libro es un libro independientemente del formato en el que se comercializa: Neutralidad fiscal.

El marco regulatorio de la UE ha producido casos como el sueco: En Suecia, el 1 de enero de 2002 se redujo el IVA de libros y publicaciones periódicas del 25 % al 6 %. Reducción que afectaba también a los audiolibros. La reducción del precio de los audiolibros hizo aumentar inmediatamente sus ventas, convirtiendo el audiolibro en el segmento con creciento más rápido en el sector editorial sueco. Sin embargo, la Comisión envió a Suecia el 23 de marzo de 2007 un dictamen motivado que afirmaba que el tipo reducido de IVA aplicado a los audiolibros no era conforme con el Derecho comunitario, concretamente con la lista que figura en el Anexo III de la Sexta Directiva sobre el IVA (77/388/CEE1) en la que se recogen los productos a los que se puede aplicar un tipo de IVA más bajo que el normal. La Comisión considera que los audiolibros, en general, no pertenecen a las categorías enumeradas en dicho Anexo III.

Ya en el año 2004, la ex ministra de cultura, Carmen Calvo, realizó un pequeño acercamiento en este sentido. “Vamos a dejar un uno ciento sbólico en los libros y un cuatro ciento en la música”, dijo Carmen Calvo en una entrevista en la Cadena Ser. ANEI publicó un comunicado en esa línea. Carmen Calvo declaraba en 2004: “La cultura no puede ser entendida como un producto, sino como un bien ciudadano”. Posteriormente, una tavoz de Cultura matizó que las declaraciones de la ministra suponen una voluntad política, un deseo, ya expresado el PSOE en su programa electoral, en el que se defiende que “los bienes culturales tengan una horquilla de IVA de entre el 4 y el 1 ciento”,”Ahora hay que negociar con sectores plicados y con el Ministerio de Economía y Hacienda”, lo que la cuantía exacta de la rebaja anunciada están aún determinar. Desde ANEI afirmamos lo siguiente en aquellos días: “Entendemos que la música y los libros en formato electrónico cumplen las mismas premisas y, en justicia, deberían ser tratados bajo el mismo concepto fiscal. El error de partida es que los productos intangibles sean considerados servicios”.

Realmente no era posible esa pretensión en aquellas fechas hasta que la UE no cambiara las decisiones tomadas anteriormente.

Después de la reforma aprobada en marzo del presente año el ECOFIN, que es la que permite la decisión anunciada el ministerio de cultura, el vicepresidente segundo del Gobierno español en esos momentos, Pedro Solbes, dejó claro que el acuerdo adoptado en Bruselas no conllevará ningún cambio en el sistema vigente en España. “A priori no pensamos modificar nada relacionado con el IVA, a no ser que razones de política económica fuera necesario”.

Por fortuna, se ha tomado la decisión de la reducción de IVA en nuestro país. Bienvenida sea la decisión aunque la UE y sus miembros hayan tardado años en permitir romper la situación de inferioridad competitiva en la que se encontraba Intet frente a los sotes tradicionales.

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