Revocada la STC que obligaba a Losantos a indemnizar a ERC

Publicidad

 

La prera sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona había considerado una intromisión ilegíta en su honor de los demandantes, las palabras de Federico Jénez Losantos en antena señalando que el partido Ezquerra Republicana y sus dirigentes eran aliados del grupo terrorista eta al haber mantenido un encuentro con ellos en la localidad de Perpiñán, así como contar en sus filas con ex miembros de ‘Terra Lliure’.

 

Para la COPE ‘la sentencia del Tribunal Supremo conocida hoy, pero dictada el 26 de enero refuerza la prevalencia de la libertad de expresión respecto del derecho al honor en contextos de contienda política, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe sociedad democrática’.

 

En nueva sentencia fruto del recurso de casación interpuesto la Cadena COPE, destaca que el locutor y la Cadena han fomentado la crítica en orden a la política antiterrorista de aquel momento del Gobierno y el hecho ya noticiado de su pasividad ante la posible reunión entre miembros del grupo terrorista e integrantes del referido partido político en el marco de la crítica política.

 

Esta es una de las preras sentencias que Losantos gana, después de que el año pasado debiese aceptar fallos en contra, como el de Alberto Ruiz Gallardón que le obligó a retractarse de sus afirmaciones contra el Alcalde de Madrid.


Seguiremos Informando…

Publicidad
Publicidad
Salir de la versión móvil