Se modifica la Ley de transporte terrestre de mercancías

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Esta nueva regulación ha sido reivindicada el sector transte desde hace siglos. Hasta ahora, se regían el Código de Comercio de 1885.

 

Con esta ley se pretende armonizar la legislación española con la existente en otros países de la Unión Europea y con el Derecho Internacional.

 

Por prera vez se ha regulado el contrato de duración continuada, que se refiere a la pluralidad de envíos de forma sucesiva. Además, también prera vez en la historia del transte de mercancías carretera o ferrocarril, se detallan las obligaciones, exoneraciones y límites de indemnización del teador.   Por ejemplo, se especifica la obligación de realizar la carga y descarga tanto para el cargador como para el destinatario (excepto si se ha alcanzado un acuerdo previo diferente). También se revisará el precio del transte carretera en función de la variación del precio de la gasolina.

 

La responsabilidad económica del transtista en caso de pérdida o daño de la mercancía se estipula en 5,92€ el Kg, y si se trata de una mudanza, el límite será 355€ metro cúbico.

 

Entre otras novedades, las indemnizaciones esperas del vehículo superiores a dos horas serán de 35,5€ hora, mientras el año pasado eran 24,96€ hora.

 

Seguiremos informando…

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