Medidas especiales de regulación del tráfico

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Hoy, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2010.

 

‘Por razones de seguridad vial, movilidad y de fluidez de la circulación, en concordancia con las fechas en que se prevén desplazamientos masivos de vehículos, así como la peligrosidad de la carga de ciertos vehículos’, se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante este año las cuales ya han sido publicadas en el BOE.

 

La Resolución de 25 de enero de 2010, de la Dirección General de Tráfico, regula así la restricciones a la circulación, especialmente ante pruebas detivas, para vehículos de transte de mercancías (donde se encuentran los de mercancías peligrosas y los que necesitan de autorización), para los vehículos especiales, carriles reservados para la circulación de vehículos con alta ocupación (VAO), carril reservado para la circulación de vehículos destinados al servicio público de viajeros y otras excepciones que buscan lograr una mayor fluidez de la circulación. Asismo, se establecen las sanciones y medidas cautelares. Hay que destacar que las preras se regirán la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.  Igualmente, hay que tener en cuenta que los agentes podrán establecer la medida complementaria de inmovilización del vehículo cuando su circulación cause riesgo o perturbaciones graves al normal desarrollo del tráfico rodado, y, si fuera necesario, procederán a su retirada y depósito.

 

Por últo, hay que destacar que esta Resolución entrará en vigor a los ocho días hábiles a partir de su publicación en el BOE y que tendrá vigencia durante todo el 2010.

 

Consulte esta Resolución en el BOE.

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