Para Francisco Paz, presidente de la Asociación de Profesores de Formación Vial de Valencia (APAV), una vez más la administración hace ‘oídos sordos’ al sentir del sector de la enseñanza de la conducción y publica un Real Decreto que no sólo considera que puede ser ‘anticonstitucional’, sino que ‘aumentará los devastadores efectos de la crisis y no garantiza tampoco la calidad de la formación en la enseñanza de los futuros conductores’. Así de contundente se muestra ante el Real Decreto aprobado el Consejo de Ministros y el que se modifica el Reglamento de las Escuelas de Particulares de Conductores.
De hecho, la Asociación ha anunciado que recurrirá el Real Decreto 369/210, de 26 de marzo, es decir, aquél el que se modifica el mencionado ‘Reglamento de Autoescuelas’. Y es que consideran que ‘atenta contra la constitución y contra el Estatuto del Trabajador’, ya que ‘vulnera el derecho al trabajo al estar éste supeditado a la concesión de una autorización de ejercicio, que puede demorarse hasta 30 días’.
En este sentido, tal y como señala su presidente Francisco Paz, para su elaboración no se ha tenido en cuenta un informe previo de las asociaciones más representativas del sector de la enseñanza de la conducción. De hecho, señala que sólo se ha solicitado este informe a la asociación de autoescuelas, ‘ignorando a las asociaciones de profesores de formación vial’.
Entre los argumentos expuestos la Asociación de Profesores de Formación Vial de Valencia para recurrir este Real Decreto se encuentran que éste ‘no supre disposiciones transitorias’, es decir, mantiene la que permite que continúe vigente el Real Decreto 1753/1984, ‘una norma de hace 26 años, que afecta al contenido y a otras disposiciones’. Igualmente cuestiona que se tenga que hacer una misma comunicación a más de un organismo o registro, ya que se solicita copia del certificado de profesores de formación vial o director, cuando es la DGT quien lo expide; y se obliga a realizar fichas de teórico para alumnos que ‘no están obligados a asistir a clases’.
Por otro lado, la asociación denuncia que con este Reglamento se ‘omite la posibilidad de que la formación del personal docente y directivo pueda depender del Ministerio de Educación’. Una iniciativa defendida APAV y la que se prevén movilizaciones en toda España. Y es que consideran que convocatoria tras convocatoria han demostrado su ‘ineficacia’, tanto en el desarrollo de las mismas, como en los sistemas y criterios de calificación de sus pruebas y evaluaciones. De hecho, en numerosas ocasiones se ha reivindicado una ‘auditoría de la formación vial en España’.
Hay que añadir que el presidente de la Asociación considera que las modificaciones realizadas ‘no introducen mejoras ni en la Formación ni en la Seguridad Vial’. En este sentido, señala que se sigue sin atender, ejemplo, a las exigencias de modificar el sistema de formación de los profesores, que aunque están autorizados para partir la formación de futuros conductores de ciclomotores y motocicletas (usuarios considerados como ‘Grupo de Riesgo’ su alta mortalidad), en el diseño de los Cursos de Formación de Profesores ‘no se incide con la debida profundidad en esta materia’; se supre el apartado de reglamento que establecía que los profesores no podían partir más de 8 horas diarias de clases prácticas de conducción; y se ha elinado el apartado que garantizaba el control de los niveles de calidad adecuados de la enseñanza partida las escuelas de conductores, y que antes era controlado las respectivas Jefaturas de Tráfico. Igualmente, Francisco Paz señala que se supre la relación de material didáctico míno de ayudas a la enseñanza que tienen que tener las escuelas de conductores, así como las densiones mínas del aula en función del número de alumnos, que antes si que estaban contempladas.
Por últo, la Asociación denuncia que el mencionado Reglamento ‘favorece la desaparición de puestos de trabajo’, ya que dejan de existir las litaciones en cuanto al alcance de la autorización de ejercicio tanto para el personal directivo como para la de los profesores (antes facultaban para ejercer como máxo en dos escuelas); y se modifican los elementos personales mínos, es decir, ahora exigen un solo profesor que además según el apartado anterior puede ser el mismo para todas las secciones que desee abrir una escuela.
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