Conocidos profesionales de RTVE denuncian el impago del ERE

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El ERE de RTVE estableció dos tipos de indemnización. A los menores de 52 años se les abona de una sola vez una cantidad equivalente a 30 días de salario cada año de antigüedad, con el límite de 24 mensualidades. A partir de esa edad los trabajadores afectados perciben una cantidad mensual hasta que alcancen la edad de jubilación. En este últo caso, los trabajadores afectados no podrán prestar servicios para RTVE ni realizar actividades silares a las que desempeñaba antes en esa cadena.

 

Los demandantes explican que a finales del año pasado recibieron una comunicación de la Coración que les informaba de que dejarían de recibir esta cantidad ‘que en contra de lo previsto en el ERE están realizando actividades que vienen a incumplir esa prohibición de concurrencia’. Además, en algunos casos, se les reclama la devolución de las cantidades que han percibido desde su cese en RTVE.

 

Los trabajadores han presentado una demanda de conciliación ya que un lado señalan que esa prohibición de concurrencia sería, a su juicio, ilegal, ya que para que tuviese validez se debería haber fijado una compensación económica ‘adecuada y diferenciada’, y en este caso solo perciben la indemnización su despido. Además, esa litación de no concurrencia, según la normativa vigente, solo podrá tener una duración máxa de dos años. Por otra parte, los afectados niegan que estén realizando algún tipo de actividad remunerada, y precisan que se trataría de meras colaboraciones discontinuas y no remuneradas.

 

Seguiremos informando…

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