No se retirará el permiso a los vehículos que circulen sin la ITV pero se les seguirá multando

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A partir del próxo 1 de mayo, la Guardia Civil de Tráfico no retirará el permiso de circulación a aquellos vehículos que circulen sin haber pasado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), algo que ocurría hasta ahora. A pesar de todo, el circular con la ITV caducada seguirá estando castigado con una multa de 150 euros. Por su parte, los agentes entregarán un volante que autoriza la circulación del vehículo un plazo máxo de 10 días. La medida ha sido valorada como positiva parte de la patronal de las estaciones de ITV.

 

Así lo fija una instrucción de la Dirección General de Tráfico (DGT) que entrará en vigor el próxo 1 de mayo la que se modifica la aplicación del Real Decreto sobre inspección técnica de vehículos de 1994, la cual ordenaba a la Guardia Civil a retirar el permiso de circulación de todos aquellos vehículos que no llevasen la ITV al día. Tras la retirada, sólo se podía volver a conseguir el permiso acudiendo a la Jefatura de Tráfico y demostrando que se ha realizado la revisión.

 

En este sentido, a partir de ahora, cuando los agentes ‘cacen’ a un vehículo con la ITV caducada, entregarán un volante que autorice la circulación del vehículo un plazo máxo de 10 días. Ya no se retirará el permiso de circulación. A pesar de todo, el conductor no se librará de la correspondiente multa de 150 euros.

 

Hay que destacar que el automóvil será inmovilizado en caso de que el conductor no haya pasado la revisión tras estos 10 días de rigor. ¿El objetivo de esta medida? Acabar con este ‘trasiego de permisos’, según señala la agencia Efe. Y es que, en ocasiones, el titular del vehículo pasaba la ITV, acudía a la Jefatura para recoger su permiso y éste todavía no había sido remitido la Guardia Civil.

 

En este sentido, desde la patronal de las estaciones de ITV (AECAITV) se han mostrado ‘totalmente a favor’ de la medida, ya que ‘evita al usuario denunciado traslados y esperas innecesarias en las Jefaturas Provinciales de Tráfico para recoger el Permiso de Circulación una vez superada la ITV, y otro lado, mantiene la naturaleza de la sanción, pues si con su PC y el volante de denuncia, a los 10 días la DGT comprueba que no ha pasado la ITV, ordenará la continuidad del expediente sancionador’, asegura Luis Rivas Sanchez, Secretario General de la asociación.

 

Seguiremos Informando…

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