El TC estudiará si las TV están obligadas a invertir el 5%

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El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad planteada el Tribunal Supremo contra el artículo 5.1 de la Ley 25/1994 en su versión modificada las leyes 22/1999 y 15/2001 que obliga a los operadores de televisión a invertir al menos el 5% de sus ingresos en la financiación anticipada de largometrajes y cortometrajes cinematográficos españolas y europeas.

 

El recurso que motivó la cuestión del Supremo fue presentado la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (UTECA), que lleva años criticando que se obligue a las televisiones privadas a financiar una industria ajena a la suya. La nueva Ley Audiovisual ha modificado en parte esta obligación, ya que, aunque siguen estando obligadas a financiar con el 5% de sus ingresos obras audiovisuales, pueden dedicar el 40% de ese dinero a series de televisión, en lugar de a películas.

 

En el caso de las televisiones públicas, la obligación es invertir el 6% de sus ingresos a obras audiovisuales, de los cuales el 75% deberá dedicarse a películas cinematográficas de cualquier género. Esta modificación no ha satisfecho del todo a UTECA, cuyo presidente aseguró la semana pasada que el sector no dejará de intentar que se supra totalmente esta tasa.

 

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión del planteada Supremo, y ha acordado dar traslado de las actuaciones recibidas al Congreso de los Diputados y al Senado, conducto de sus Presidentes, al Gobierno, conducto del Ministro de Justicia, y al Fiscal General del Estado al objeto de que en el plazo de 15 días, puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que esten convenientes.

 

AGENCIAS

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