Fesvial ha salido a la defensa de la nueva Ley de Tráfico. En este sentido, afirma que esta Ley era necesaria ante los profundos cambios que ha experentado el tráfico en los últos años y aboga su estricto cumpliento. Sin embargo, asegura que existe confusión sobre la posibilidad legal de utilizar detectores de radares y que debería haberse mantenido la retirada de puntos estacionar en una curva peligrosa o en un túnel y ir sin alumbrado.
La Fundación recalca que los objetivos principales de la reforma de la Ley de Seguridad Vial son evitar la punidad de algunos conductores infractores, reducir los tiempos de tramitación, dotando a las sanciones de un carácter pedagógico y splificar el procediento sancionador.
Muchos son los contrarios a esta Ley. Sin embargo, también hay algunos que la defienden. Fesvial señala que esta reforma ‘es más justa con los que cumplen la norma y más dura y eficaz con los infractores’.
A este respecto, la Fundación Española para la Seguridad Vial (FESVIAL) asegura que a pesar de los cambios que se han producido en el tráfico durante los últos años, no se había realizado ninguna reforma de tancia en el ámbito sancionador en la últa década. Igualmente, añade que estos cambios también vienen justificados la puesta en marcha del Permiso Puntos y la reforma del Código Penal.
Por otro lado, resalta especialmente un punto de la norma, el referente a la reducción del tiempo desde que se produce una infracción hasta el momento en el que se hace efectiva la retirada de puntos. Aquí, considera que este asunto resulta de ‘gran relevancia’, ya que en palabras de Luis Montoro, presidente de Fesvial, ‘las sanciones que se aplican con tardanza no tienen efecto pedagógico sobre el conductor’. Se trata de ‘hacer un procediento más eficaz y acorde con el establecido en otros países de la U.E. cuyas leyes sancionadoras en general son más ágiles y eficaces que las nuestras’.
Respecto a las nuevas infracciones consideradas muy graves, como utilizar inhibidores de radares, Montoro asegura que ‘este es uno de los puntos que no han quedado suficientemente claros’. A juicio del presidente de la Fundación, ‘se establece claramente la ilegalidad de los inhibidores, se permite el uso de los mapas de radares fijos, cuya ubicación es pública, pero existe confusión sobre la posibilidad legal de utilizar detectores de radares, un práctica que debería ser claramente sancionable’.
También se establece como infracción grave el estacionar en plazas reservadas para discapacitados o que la matrícula del vehículo resulte ilegible. Para la Fundación, esta y otras disposiciones tratan de evitar la punidad del infractor. En opinión de Luís Montoro, debería haberse mantenido la retirada de puntos estacionar en una curva peligrosa o en un túnel. Igualmente circular sin el alumbrado correspondiente.