El próxo 23 de diciembre entra en vigor la reforma del Código Penal, en donde se recoge el decomiso de vehículos para todos los delitos contra la seguridad vial. El Fiscal de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, quien ha especificado que se llevará a cabo en casos muy concretos, ha dado a conocer los criterios, tanto objetivos como subjetivos, que se tendrán en cuenta. Asismo, la Fiscalía de Seguridad Vial propone que se regule el Fondo patronial constituido a partir de los vehículos decomisados, como es su gestión y, en su caso, venta. En este sentido, Vargas ha destacado que el dinero recaudado de la venta de los coches se destinará a la satisfacción de las indemnizaciones debidas a las víctas, así como a la rehabilitación de conductores y a la educación.
‘El coche no es peligroso pero sí cuando el conductor establece una relación crinógena con el vehículo’, señala Bartolomé Vargas durante la presentación de las propuestas y conclusiones de la Fiscalía de Seguridad Vial. En este sentido, Vargas ha defendido que el comiso pretende ser ‘educativo’, ‘una llamada al conductor de que el vehículo está para respetar la ley’ y que ‘su titularidad no legita todo acto de disposición o uso’, ha indicado. De hecho, el comiso podrá ser sustitutivo de la pena de prisión o de trabajos en beneficio a la comunidad.
Aquí, el Fiscal ha señalado que se realizará una valoración conjunta de una serie de criterios a la hora de tomar dicha decisión. Por un lado, se encuentra los ‘criterios objetivos’. En este apartado se valorará la gravedad de la pena prevista para el delito, las circunstancias, que el vehículo haya sufrido alguna manipulación, como puede ser una matriculada pintada, la instalación de inhibidores o la alteración de los tacógrafos, y la reincidencia. Dentro del orden ‘subjetivo’, Vargas ha señalado que se tendrá en cuenta la situación económica y personal del penado, la conexión del vehículo con el trabajo futuro o actual y las repercusiones que la medida tendría en su ámbito familiar y social.
En este sentido, no sólo existirá el comiso total sino que también se plantea la retirada parcial del automóvil. El Fiscal ha revelado que se podrán exigir privaciones temales de utilización del coche, garantías de un correcto uso, exigencia de medidas de modificación para que se devuelva el coche o la instalación de ciertos mecanismos que garanticen la seguridad como puede ser la plantación ded alcohollock o litadores de velocidad, entre otros sistemas.
Pero, ¿qué ocurre si el vehículo con el que se ha cometido el delito pertenece a terceros? Aquí, la Fiscalía de Seguridad Vial considera que cabe la putación siempre que sean conscientes del riego. Como ejemplo se encuentra el directivo que en condiciones de explotación pone condiciones laborales y de horario ‘tan exigentes’ que llevan a los empleados que utilizan automóviles a incidir en la comisión de infracciones de tráfico para cumplirlas.
Ante todo esto, se propone la creación una normativa reguladora para todo el fondo constituido los vehículos decomisados, como es su depósito, utilización, gestión y venta. En esta línea, se considera que su te o valor debe destinarse, además de a las finalidades resarcitorias en su caso, a programas de deshabituación de conductores alcohólicos o adictos a las drogas, programas de educación y formación vial y tutela de los derechos de las víctas.
Hay que destacar que todas estas propuestas pasarán al Fiscal General del Estado, quien tendrá que dar instrucción.
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