- La Audiencia Provincial de Madrid ha desestado un recurso interpuesto el presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, sobre diversas informaciones periodísticas publicadas en la revista ‘Interviú’.
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestado un recurso interpuesto el presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, considerar que diversas informaciones periodísticas publicadas en la revista ‘Interviú’ referentes a las investigaciones fiscales que se siguen sobre su patronio constituían delitos de revelación de secretos oficiales e información privada, injurias y calumnias. Por contra, la resolución judicial rechaza esta pretensión que ‘no se ha acreditado el cumpliento de los presupuestos de tipo penal’.
El auto confirma de esta manera una resolución dictada el juzgado de instrucción número 4 de Madrid que decretaba el sobreseiento provisional y el archivo de la querella interpuesta Carlos Fabra. La defensa del presidente de la Diputación castellonense y del PP en la provincia recurrió esa decisión y ahora la Audiencia Provincial la ratifica y destaca que tuvo una ‘pecable motivación’.
En los razonamientos jurídicos, se explica que la querella parte de la base de que un funcionario de la Agencia Tributaria (AEAT) reveló información sobre el patronio de Fabra, un extremo que, apunta el auto, ‘resulta evidente’. Pero lo que no está demostrado, añade, es que este funcionario anóno haya sido quien ha facilitado la información a los querellados, un punto ‘tante, pues, al tratarse de una causa pericial, no caben las suposiciones sino los elementos constatados prueba directa o, al menos, indiciaria’.
Del mismo modo, argumenta que ‘no está justificada la finalidad de perjudicar al querellado; lo único que consta es la finalidad de publicar determinada noticia, de emitir información’. Asismo, hace hincapié en que estas noticias ‘no hacen referencia a un particular, sino a toda una autoridad, nada menos que el presidente de la Diputación de Castellón’.
‘No se han publicado en este caso datos reservados de su patronio, sino una investigación sobre el proceder patronial y fiscal de un hombre con responsabilidades públicas, que gestiona ingentes sumas de dinero, también público, y del que su comtamiento presenta un indudable interés para los ciudadanos de la provincia de Castellón y de todo el país’, recalca. Por ello, el auto defiende que ‘no se puede pretender que una investigación fiscal con evidente interés público permanezca en secreto, e putar semejantes delitos el hecho de su publicación’.
Considera la Audiencia que el ‘dilema moral’ sería más sencillo en el caso de hablar de un particular ‘pero es que el querellante es el presidente de la Diputación, al que se atribuye la adquisición de valiosos bienes a pesar de que percibe un sueldo que difícilmente alcanza para poder llegar a pagar el precio de sus inmuebles’. En esta línea, sostiene que en el presente caso que los ciudadanos conozcan las investigaciones fiscales de Fabra “nunca podría constituir los delitos que puta, dada su condición de autoridad pública’. ‘El derecho al honor, a la buena agen pública e, incluso, a la intidad, deben ceder en favor del Derecho Constitucional a emitir y recibir información veraz’, afirma.
EUROPA PRESS