El Tribunal de Justicia Europeo sentencia el canon digital

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se posiciona en contra de la aplicación a empresas del canon digital aprobado en diciembre de 2007, el cual se grava la adquisición en España de cualquier sote de reproducción.

 

El motivo de este fallo es la llamada de auxilio parte de la Audiencia de Barcelona para resolver el litigio entre la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y la sociedad PADAWAN, a la cual se le reclamaba el “canon copia privada” correspondiente a los sotes digitales comercializados entre 2002 y 2004.

 

En la sentencia dictada, el Tribunal de Luxemburgo asegura que “la aplicación del canon copia privada a los sotes de reproducción adquiridos empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión”. Sin embargo, reconoce que la utilización del canon en personas físicas como sujetos privados sí es considerable al entenderse que, una vez en posición del sote,  el sujeto explotará las funciones de dicho equipo.

 

Pero a pesar de esta negativa rotunda será el tribunal nacional quien deba decidir si la normativa del canon digital es o no compatible con la directiva de la Unión Europa.

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