Telefónica y Telecinco dejan Digital Plus en manos de Prisa

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En su reunión de 10 de noviembre de 2010, el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha acordado el archivo de la notificación de la operación de concentración la que PRISA, Telefónica y Telecinco adquieren el control conjunto de Digital +, notificación que tuvo entrada en la CNC el 29 de abril de 2010. Esto da vía libre al ingreso de estas dos empresas en el capital de la operadora de televisión pago. Las dos comprarán ahora el 22% respectivamente, correspondiendo el 56% restante del capital social a PRISA.

 

 

La CNC desbloquea el expediente que se abrió debido a los pactos accionariales iniciales entre las dos empresas, los cuales atentaban en principio contra la competencia y fomentaban la concentración de tres empresas líderes en el sector de las Telecomunicaciones. No obstante, con fecha 4 de noviembre de 2010, Prisa, Telefónica y Telecinco han modificado los acuerdos y pactos de accionistas para elinar los instrumentos que otorgaban a cada uno de los accionistas de Digital + la posibilidad de ejercer una influencia decisiva sobre esta entidad.

 

Entre otras modificaciones, Telefónica y Telecinco renuncian a sus derechos de veto sobre decisiones estratégicas como el plan de negocios o el presupuesto anual de Digital +. Asismo, Telefónica y Telecinco dejarán de tener capacidad para condicionar el nombramiento de los altos directivos de Digital +. Con los nuevos acuerdos y pactos de accionistas firmados, Prisa seguirá manteniendo en exclusiva la posibilidad de ejercer una influencia decisiva sobre Digital +.

 

De acuerdo con la normativa de control de concentraciones, según la CNC la entrada de Telefónica y Telecinco en el capital social de Digital +, en las nuevas condiciones arriba expuestas, no altera el control exclusivo de Prisa preexistente, lo que no se produce una modificación de la estructura de control de Digital + y, lo tanto, no existe una operación de concentración que deba ser autorizada previamente la CNC de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley de Defensa de la Competencia.

 

Seguiremos Informando…

 


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