El tribunal Supremo ha dado la razón a los sindicatos de Sogecable. El fallo recoge el derecho de los 1.400 trabajadores de la empresa a percibir un incremento salarial del 2,5% general sobre las retribuciones de 2008 y que el 1,2% pendiente de cobro no pueda ser compensado ni absorbido el denominado complemento especial.
Después de años de conflicto y de una prera sentencia de la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de los sindicatos de Sogecable Prisa TV. La sentencia, hecha pública el 27 de septiembre de 2011, establece que los trabajadores de la empresa afectados el conflicto laboral tienen derecho a percibir un incremento del 2,5% general sobre las retribuciones de 2008 y que se les reconozca el derecho a que el 1,2% pendiente de cobre no se pueda ser compensado ni absorbido el denominado complemento especial.
Según han explicado los sindicatos a este diario, la empresa tendrá un año para pagar a los 1.400 trabajadores que formaban parte de la empresa en aquel momento, lo que incluiría a los que ya no están en la compañía, pero que si estaban en la plantilla en 2008. En el caso de no llevar a cabo la sentencia, y siempre una vez transcurrido el año, los trabajadores podrían reclamar presentando demandas de forma individual. El sindicato CGT de Mediaset recoge la sentencia completa en su web para informar a los compañeros procedentes de Cuatro.
La sentencia llega después de años de conflicto y cuando la plantilla de Prisa TV está en estos momentos pendiente de culminar el proceso de externalización propuesto dentro del plan de eficiencia del Grupo Prisa. Algo que de momento está parado, según fuentes de los representantes sindicales. Cabe recordar que en mayo de 2011 se cerró el ERE de esta empresa, que finalmente se saldó con 80 salidas forzosas y 65 voluntarias.
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