Dopaje: Los controladores antidoping sacan las garras para mantener sus chiringuitos de poder

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Si de algo no podemos presumir en España es de disponer de un sistema homologado internacionalmente para la toma de muestras de sangre y orina de los deportistas para efectuar los necesarios controles antidoping. De hecho, nuestro país es hoy por hoy bastante deficiente en esta materia, algo por lo que le llueven duras críticas desde el extranjero. Para superar este problema la Agencia Española para la Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD) convocó un concurso al que se presentaron dos empresas. Sin embargo, más de un año después, el asunto sigue sin resolverse. ¿El motivo? A los oficiales de control de dopaje que hoy en día trabajan en nuestro país no les interesa perder su poder y mantienen paralizada la resolución del concurso.

El deporte español lleva un año intentando sin éxito disponer de un sistema de toma de muestras de sangre y orina para el control antidoping que se ajuste a los estándares exigidos por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).

En concreto, fue en marzo de 2014 cuando la Agencia Española para la Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD) sacó a concurso la adjudicación del servicio que hasta ese momento realizaba por sus propios medios a través de una red de 200 Oficiales de Control de Dopaje (OCD), pero éstos incumplían la normativa internacional sobre incompatibilidades. Se da la paradoja de que muchos de los responsables de tomar las muestras de los deportistas tienen una relación directa con estos al actuar como médicos privados, de federaciones o centros de alto rendimiento.

Al concurso, con un montante de 1.250.00 euros y un año de duración, se presentaron dos empresas: la alemana Professional Worldwide Control (PWC) y la sueca International Doping Test Management (IDTM). Desde ese momento, los técnicos españoles que veían peligrar su estatus intentaron que la balanza se inclinase hacia PWC. Su estrategia era bastante clara: IDTM disponía de sus propios sistemas de reclutamiento y formación, mientras que PWC no disponía de infraestructura en España y tendría que recurrir a los actuales controladores para formar su equipo. 

Así las cosas, adoptaron una postura hostil hacia IDTM. Le exigieron requisitos que no se le solicitaron a PWC, como traducciones o pólizas de seguro. La Mesa de Contratación abrió los sobres de la documentación técnica y la oferta económica, sin pedir el preceptivo informe sobre la primera de ellas. En la valoración técnica se asignó 36 puntos a PWC y 35 a IDTM; en la económica, se asignó a PWC 60 puntos y a IDTM 57,74. Con estos resultados, en junio se adjudicó el contrato a PWC por 911.000 euros.

IDTM interpuso recurso ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales alegando que el adjudicatario no cumple con los requisitos del concurso, que ha existido trato discriminatorio contra su propia oferta y que el sistema de puntuación de ofertas no es correcto. En Resolución de 8 de septiembre de 2014 falló otorgando a PWC 36 puntos y a IDTM 40.

Pero aquí no acabó la polémica. Pese a que estaban agotados los recursos administrativos, PWC decidió interponer un nuevo recurso ante el Tribunal Administrativo que le fue admitido bajo el pretexto de alegar cuestiones nuevas inexistentes.

El Tribunal dicta Resolución el 15 de enero de 2015, contradiciendo su fallo anterior y, aunque reconoce que el expediente está plagado de irregularidades a las que añade como vicio invalidante el hecho de que en su anterior resolución solo se debió requerir el seguro a PWC y se requirió a las dos sociedades, cuestiona la oferta económica de IDTM y ordena retrotraer las actuaciones, es decir, insta a la Mesa de Contratación a excluir del concurso a IDTM y adjudicárselo a PWC sin afrontar la subsanación de los vicios de nulidad denunciados.

IDTM vuelve a presentar recurso ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales y solicita la nulidad de la adjudicación a PWC. Alega indefensión en el proceso y que no se le ha tenido plenamente comunicada sobre las vicisitudes del procedimiento como parte interesada. El grupo sueco considera viciado todo el proceso y denuncia . una serie de irregularidades administrativas y arbitrariedades en la gestión del concurso por parte de la AEPSAD a favor de PWC. 

Además, IDTM se propone interponer Recurso jurisdiccional ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, para que se declare la nulidad de la Resolución de 15 de mayo de 20125 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

Seguiremos informando…

 

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