El Juzgado de Instrucción número 10 de Palma de Mallorca ha condenado a un ‘falso dentista’ a una pena de 10 meses de prisión con inhabilitación especial ‘para el ejercicio de sufragio por el tiempo de condena y a las costas’, tras considerar probado que había ejercido la profesión de dentista durante un período indeterminado y como mínimo hasta el pasado mes de mayo del 2015, por lo que le responsabiliza y condena por un delito de intrusismo profesional continuado.
En este sentido, y aunque la presente condena es una de las más duras que se han impuesto en los últimos meses, el Consejo General de Dentistas insiste en la imperiosa necesidad de reformar la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, con el objetivo de endurecer las penas por intrusismo profesional, ya que la mayoría de las sentencias adoptadas por la Administración de Justicia adolecen del carácter disuasivo que toda condena debería acarrear.
Prueba de ello son los continuos casos de intrusismo profesional existentes en el ámbito de la Odontología, que ponen en serio riesgo la salud de la población y que siguen existiendo pese a la reciente reforma de la Ley.
Por este motivo, la Organización Colegial recomienda a todos los pacientes que verifiquen que su dentista está colegiado y que, por lo tanto, dispone de un Número de Colegiación que le habilita para ejercer la profesión.
Además, el Consejo General de Dentistas recuerda que sólo el dentista está capacitado para diagnosticar y planificar los tratamientos, y que el paciente tiene derecho a conocer tanto el nombre como la titulación de todas las personas que participen en su tratamiento.