Una vez más la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia ha vuelto a sancionar, en este caso a Mediaset, por haber extralimitado el tiempo permitido de emisión de publicidad. En esta ocasión, la multa asciende a 35.850 euros y ha sido reducida gracias a que el grupo de Fuencarral ha reconocido su error voluntariamente y se ha responsabilizado del mismo pagando la multa voluntariamente antes de que se emita la resolución.
Las incidencias que han motivado esta multa se produjeron en los meses de mayo y julio en varias cadenas del grupo. Concretamente, afectan a Cuatro, Telecinco y Boing. Esta infracción supone un incumplimiento del artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
La normativa, cifra en 12 los minutos disponibles para que las cadenas dediquen a la publicidad, mensajes publicitarios y televenta, por hora natural. Desde Competencia, también recuerdan que Mediaset podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
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