Daniel Sirera demanda al presidente del CAC por una tertulia en Catalunya Radio

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El consejero secretario del Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC), Daniel Sirera, ha presentado una demanda contencioso-administrativa contra un acuerdo adoptado por parte del presidente del Consejo, Roger Loppacher, el Vicepresidente Salvador Alsius y la consejera Yvonne Griley. Según Sirera, asegura que este acuerdo se llevó a cabo para que se abstuviera un debate en un programa de Catalunya Radio en el que Mónica Terribas pidió a los oyentes que delatasen a la Guardia Civil y el CNP en la operación judicial y polilcial contra los preparativos del referéndum del 1-O.

Esta actuación de Terribas provocó que la Unión de Oficiales de la Guardia Civil profesional presentase una denuncia contra la periodista que recibió, vía Twitter, el apoyo de la decana del Colegio de Periodistas de Cataluña y periodista de Catalunya Ràdio, Neus Bonet, en los siguientes términos: “Mi apoyo personal a Mónica Terribas. Y el de tu colegio #llibertatdexpressio”. Daniel Sirera contestó a la decana desde su cuenta personal de Twitter con el texto “Periodismo al servicio del régimen”.

Esta respuesta de Daniel Sirera motivó que la decana enviase al presidente del Consejo una carta en la que mostraba su queja por lo que consideró “una falta de respeto institucional” por parte de Sirera. Loppacher decidió entonces aprovechar esta queja para encargar un informe al área jurídica del Consejo que pudiera justificar que Sirera fuese apartado de la votación sobre este asunto que, según la demanda presentada, “vulnera la legalidad constitucional y las leyes administrativas”.

Abuso de derecho

Según la demanda, “No debió privarse al Sr. Sirera de su derecho al voto, obligándole a abstenerse, pues no fue solicitada por persona interesada su recusación o abstención. La demanda argumenta que la ley establece claramente cuáles son las causas que se enumeran para imponer una abstención o recusación a un consejero.

La opinión de Sirera

En opinión de Sirera “no existe ni concurre causa legal de abstención y pretender que la “apariencia” se convierta en una causa no es más que una forma terrible de discriminar por razón de opinión y de limitar su derecho a expresarse libremente y un precedente para la apertura a una inseguridad jurídica inaceptable en una sociedad democrática. Tolerar este comportamiento es dar carta de naturaleza a una insoportable censura previa (“prevenir recusaciones”) a aquellas opiniones discrepantes que no resulten del agrado de la mayoría ideológica circunstancial del CAC”.

Seguiremos Informando…

 

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