Competencia multa a RTVE con más de un millón de euros

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Tiempos convulsos en RTVE. En medio de la polémica por la renovación de su cúpula directiva y el proceso judicial que enfrenta a Julio Somoano con el ente, este miércoles se ha conocido otra mala noticia que afecta al organismo público. La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha comunicado una sanción a la Corporación de Radio y Televisión Española (CRTVE) de más de un millón de euros.

La razón del castigo se encuentra en la emisión de publicidad no permitida en La 1, La2, Clan TV, 24H y Teledeporte entre diciembre de 2017 y enero de 2018, según informa el órgano en un comunicado. La CNMC considera que RTVE ha vulnerado del artículo 43.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) y, a través de dos procedimientos sancionadores, le ha interpuesto una multa de 1.070.765 euros.

El primer procedimiento sancionador ha castigado la emisión en La 1, La2, 24H y Teledeporte “de campañas de spots de varios productos cuya difusión no estaría incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de CRTVE (SNC/DTSA/016/18). Los anuncios no constituyen supuestos de patrocinios de eventos deportivos y culturales, ni patrocinios en la emisión de competiciones deportivas o emitidos en canales internacionales o patrocinio culturales, sino que presentan las características propias de comunicaciones comerciales o spots convencionales”. Por este motivo, RTVE ha sido multada con 341.280 euros.

RTVE tiene dos meses para recurrir la sanción

El segundo expediente, que se ha saldado con una sanción con 729.485 euros, tiene como motivo el “haber emitido campañas publicitarias de patrocinios culturales que podrían considerarse comunicaciones comerciales cuya difusión no estaría incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de CRTVE (SNC/DTSA/039/18)”.

En el texto, la CNMC recuerda que “los patrocinios culturales analizados no respetan las condiciones establecidas en la normativa audiovisual y, en consecuencia, serían susceptibles de constituir comunicaciones comerciales o spots, cuya emisión está prohibida por parte de CRTVE. Por ejemplo, se introducen elementos visuales y mensajes accesorios o menciones sobre las virtudes o características de los productos o servicios promocionados, que incitan directamente a su compra”.

Por su parte, RTVE tiene dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional para recurrir la multa.

Seguiremos Informando…

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