DEBERÁ PAGAR UNA INDEMNIZACIÓN DE 7.625 EUROS

La Audiencia de Barcelona condena a un mosso a dos años de cárcel por agredir a un periodista

LOS HECHOS TUVIERON LUGAR EN 2016 DURANTE UNA MANIFESTACIÓN EN BARCELONA 

La Audiencia de Barcelona ha condenado a un antidisturbios de los Mossos d’ Esquadra a dos años de cárcel y a pagar una indemnización de 7.625 euros al periodista Jesús Rodríguez, a quién agredió “de forma gratuita” durante una protesta por el desalojo del local okupado Banc Expropiat.

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a un antidisturbios de los Mossos d’ Esquadra a dos años de cárcel por agredir a un periodista “de forma gratuita” durante una protesta. La sentencia apunta a un delito de lesiones, y obliga a Daniel M.C., nombre del agente condenado, a indemnizar con 7.625 euros al periodista Jesús Rodríguez, de ‘La Directa’. Los hechos se produjeron durante una protesta por el desalojo del local okupado Banc Expropiat, situado en el barrio de Gràcia de Barcelona, en el año 2016.

Según la sentencia, el agente le propinó un porrazo en la pierna y en la mano al periodista “con el ánimo de atentar contra su integridad física de forma gratuita”. Los magistrados habrían tenido en cuenta la versión del agredido, que a su vez habría sido corroborada por varios testigos y vídeos del momento. El fallo expone que, tras una noche de protestas por el desalojo del Banc Expropiat, Jesús Rodríguez y otros periodistas acudieron a grabar una mujer de avanzada edad recriminaba la forma de proceder de los antidisturbios.

En ese momento se produjo un lanzamiento de objetos, motivo por el que el antidisturbios se dirigió al periodista, que pese a que en el momento no iba identificado gritó “prensa, prensa” y levantó las manos. Según relata la sentencia, “sin que conste si el acusado le oyó –agregan los togados– le dio un golpe con la defensa [la porra] en la pierna derecha”. El periodista huyó de la escena tras recibir el primer golpe, pero el agente acusado le siguió para dirigirse “directamente” al comunicador de ‘La Directa’ y lanzarle un segundo porrazo, esta vez en la mano. Todo ello, en una situación que no era violenta.

“Acción gratuita e innecesaria”

Relata la sentencia que ni el periodista ni las personas que le rodeaban estaban llevando a cabo “ningún acto hostil, ni violento, ni agresivo”. Durante la celebración del juicio, el agente reclamaba su absolución porque negaba ser el autor de la agresión. Además, aludía a que la acción no debía castigarse penalmente ya que estaba en cumplimiento de un deber como policía para hacer frente a los altercados que, según su versión, se estaban produciendo.

Sin embargo, la Audiencia de Barcelona lo rechaza, destacando que en el lugar y momento “concreto” en el que el agente propinó el golpe en la mano del periodista no había incidentes. De esta forma, la sentencia expone que no había “necesidad racional de intervenir”, y remarcando que “la acción fue gratuita y por ende innecesaria. Asimismo, considera que la actuación fue “injustificada”. El mosso d’ Esquadra no podrá ejercer de policía durante dos años una vez la sentencia sea firme.

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