Hace ahora diez años, la AUC denunció la campaña de Mitsubishi Galant de Remo ‘atentar a la dignidad de las personas’. Una década después el Tribunal Supremo ha dado la razón a la compañía y reconoce el derecho a libertad de expresión de la publicidad. Se trata de una sentencia que sentará precedente.
https://www.youtube.com/watch?v=d7nWZrZa3LYEn la campaña, el presidente de una compañía, no sota que su Director General tenga un coche mejor que el suyo y decide pincharle las ruedas. La acción fue denunciada la AUC que, supuestamente ‘constituía un atentado para la dignidad de las personas, incitaba a sus destinatarios a la violencia o, al menos, a llevar a cabo comtamientos antisociales, pues escenificaba la comisión de un acto reprochable desde aquel punto de vista y tipificado penalmente como ilícito’.
Tras varios recursos interpuestos y largos años de empeño y lucha, esta sentencia, más allá de liberar a Remo y Mitsubishi, sienta un tante precedente pues, prera vez, la publicidad queda manifiestamente amparada bajo el artículo 20 de la Constitución Española, que regula el derecho fundamental a la libertad de expresión.
De este modo se abre una nueva etapa en la consideración de la publicidad desde el punto de vista jurídico, lo que estará más protegida de denuncias poco consistentes ante las que, en muchos casos los anunciantes, antes de generar mala prensa, deciden retirar la campaña.