En la Tierra a sábado, 20 abril, 2024

Los partidos políticos podrán mandarte publicidad sin tu consentimiento y de forma legal

El pasado mes de mayo, concretamente el día 26, entraba en vigor el Reglamento General de Protección de Datos. Muchos lo recordarán porque en los días previos recibieron numerosas comunicaciones para solicitar el permiso para la utilización de datos suministrados e incluso su aprobación para seguir recibiendo correos electrónicos. Esta legislación provocó que las empresas tuvieran que articular diversos procesos para cumplir de una forma estricta todos los requerimientos; por ejemplo, ahora es de obligado cumplimiento el ofrecer al visitante de una web la opción de rechazar las cookies cuando anteriormente simplemente se le avisaba de la recolección de esos datos alegando una mejora en su interacción con el medio.

El Senado ratificará hoy, salvo un giro inesperado de los acontecimientos, la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, gracias a la cual “los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral”. Lo podrán hacer sin tu consentimiento, pero de forma legal, porque el texto también indica que “El envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería y la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes no tendrán la consideración de actividad o comunicación comercial”. 

Concretamente es el artículo 58 bis, bajo el epígrafe “Utilización de medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales”, el cual no ha recibido ninguna enmienda por parte de los partidos políticos que participarán en su aprobación. El hecho de que el envío de propaganda electoral no tenga la consideración de actividad o comunicación comercial permitirá que pueda ser enviada al electorado sin haber recibido previamente su consentimiento, al contrario que el resto de las empresas que sí lo necesitan.

Además, se especifica que “La recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas”, lo que permitirá a las formaciones elaborar perfiles ideológicos y demográficos. La aprobación de esta ley permitiría que un caso como el de Cambridge Analytica fuera legal; esta empresa logró influir en los últimos comicios estadounidenses después de recopilar datos de la ciudadanía y distribuir mensajes personalizados en función de cada perfil.

Seguiremos informando…

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