En la Tierra a viernes, 29 marzo, 2024

La FAPE lamenta la absolución del juez del caso Cursach

El magistrado Miguel Florit ha sido absuelto de los cargos que se le imputaban tras haber confiscado los móviles de dos periodistas que cubrían el caso Cursach. A pesar de su absolución, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares reconoce en la sentencia que las resoluciones dictadas por el juez fueron injustas.

La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) ha lamentado la absolución del juez. “No entendemos la absolución del magistrado”, han señalado a través de un comunicado.  A su vez, la sentencia señala que el magistrado no ponderó el derecho de los informadores a preservar la confidencialidad de las fuentes de Kiko Mestre y Blanca Pou, periodistas de Diario de Mallorca y Europa Press.{wbamp-show start}

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“Partiendo de ese argumento, sostener, como hace el tribunal, que Florit no era consciente de la injusticia de sus resoluciones parece un tanto peregrino. Se supone que un juez debe saber lo que es justo y lo que es injusto antes de emitir sus resoluciones”, ha señalado la FAPE.

La asociación ha insistido en que este hecho sienta un precedente peligroso que “podría ser aprovechado para imponer límites al derecho constitucional de los periodistas al secreto profesional, uno de los pilares del libre ejercicio del periodismo y sin el cual muchos de los escándalos de corrupción que se han sucedido en nuestro país en los últimos años quedarían impunes”.

Además, insisten en que a pesar el secreto profesional de los periodistas no esté desarrollado por ley, no impide que ese derecho constitucional deba ser respetado y que no se deba castigar a quien no lo cumpla.

Como consecuencia de la absolución del magistrado Miguel Florit, la asociación de periodistas ha anunciado que reclamará a los grupos parlamentarios el desarrollo de la ley que regule el secreto profesional, “siguiendo las pautas de nuestro Código Deontológico, que establece que el periodista garantizará el derecho de sus fuentes informantes a permanecer en el anonimato si así lo solicitan, con dos excepciones: que la fuente haya falseado de manera consciente la información o cuando el revelar las fuentes sea el único medio para evitar un daño grave e inminente a las personas”.

Seguiremos Informando…

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