En la Tierra a jueves, 28 marzo, 2024

Competencia desmonta el borrador de la venta centralizada de la Liga de Fútbol

La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) acaba de hacer público su informe sobre el borrador de la venta centralizada que le remitió hace un mes la Liga de Fútbol Profesional (LFP) y que incluye las condiciones para la comercialización de los derechos televisivos de los clubes de fútbol de las tres temporadas a contar de la 2016-2017. En este documento se han cuestionado duramente casi la totalidad de las propuestas del equipo de Javier Tebas como la elección de los lotes de contratación, los partidos de la Copa del Rey, las formalidades de la presentación de ofertas o la producción de los partidos. No obstante, como este informe es no vinculante lo más probable es que la LFP desestime casi todas las apreciaciones.

COPA DEL REY: la CNMC ha exigido a la Liga que reserve a la televisión en abierto todas las semifinales de la Copa del Rey. El actual borrador sólo establece que el adjudicatario de los derechos del partido de primera división semanal tenga derecho a una de las semifinales de la Copa del Rey, en este caso en segunda selección, es decir con el partido menos atractivo desde el punto de vista deportivo.

HORARIOS DE LOS PARTIDOS: el regulador insta a la Liga a que concrete de manera técnica y transparente como se fijan los horarios para los partidos y cómo se resuelven los posibles conflictos con los adjudicatarios. Hasta el momento una de las críticas más recurrentes contra Tebas es la discrecionalidad con que se fijan los horarios, atendiendo a criterios nada claros, y que muchas veces benefician a determinados operadores sobre otros. Tebas habla del interés internacional, pero en este borrador de venta centralizada no se entra en el tema.

PARTIDOS DE SEGUNDA DIVISIÓN: Competencia pide que se clarifique cómo se asignan los partidos de Segunda División a televisión en abierto y televisión de pago. Nos referimos al Lote 3 que incluye ‘hasta 10 partidos de Segunda División por jornada, en exclusiva limitada a la televisión en abierto, en segunda selección que se incluye los mismos partidos que el Lote 6: ‘Canal Liga TV2 con hasta diez partidos de segunda división por jornada en exclusiva por el ámbito de televisión de pago, en segunda selección’.

EL PARTIDO DEL REAL MADRID O EL FC BARCELONA: la CNMC sugiere que se debe abrir efectivamente la potencial contratación del Lote 4 (un partido Real Madrid o Barcelona por jornada de Primera División) a operadores de televisión en abierto. Según el borrador este partido en exclusiva por jornada está solo delimitado a los Lotes de televisión por pago. En total la Liga establece nueve lotes, tres en abierto (partido en abierto, resúmenes exclusivos y partidos de segunda; tres lotes de pago (el mejor partido de la jornada en exclusivo, el resto de los partidos y los de segunda división) y dos por internet (partidos bajo demanda exclusiva y clips o mini resúmenes exclusivos).

COMERCIALIZACIÓN DE CANALES EXCLUSIVOS DE LA LIGA: el regulador critica la imposición de la contratación total o parcial (para la reventa) de los canales editados por la Liga para la Primera División, Segunda División y clientes no residenciales. Sólo se admitiría si estos canales se comercializasen de forma no exclusiva.

Este borrador exige ya desde la licitación la adquisición de los partidos mediante canales propios de emisión (Canal Liga TV y Canal Liga TV2) con producción propia de la LIGA (que tampoco especifica quiénes harán este canal) donde no se podría personalizar la señala que se emite. Es verdad que se da la opción de que se puedan comprar los partidos por separado, pero es un procedimiento mucho más engorroso en que se incluye el coste por la producción unitaria de que cada partido que estaría en manos de un tercero (hasta el momento Mediapro).

INFORMACIÓN DE LOS ADJUDICATARIOS: Competencia solicita indica que la Liga debe reducir las obligaciones de información impuestas a los adjudicatarios sobre audiencias y abonados, al ser desproporcionadas. El borrador indica que se deben presentar periódicamente estas cifras ‘para uso exclusivo de la entidad organizadora y que será tratada con la máxima confidencialidad’.

RESÚMENES EN ABIERTO: la CNMC indica que se debe incluir en la licitación los derechos audiovisuales reservados a la Liga que no se comercializan inicialmente, relacionados con los resúmenes no exclusivos en televisión en abierto. En este punto también se defiende a Mediaset en el conflicto que mantiene con la LFP recordando que se debe privilegiar el derecho a la información y que el acceso a los estadios tiene que quedar garantizado e insta a que quienes no tienen los derechos pueden entrar al cambio. También indica que los resúmenes deben ser sumistrados por el adjudicatario y no la Liga.

ADJUDICACIÓN: indican que se debe eliminar los precios de reserva individuales y los sistemas de adjudicación subsidiaria. Sólo si no se alcanza el precio global de reserva, se podría convocar una nueva licitación, manteniendo o modificando las bases de la licitación inicial. ‘La CNMC considera que debe formularse una redacción inequívoca por parte de la Liga de cara a que los operadores conozcan en qué casos se puede obviar el procesamiento de adjudicación’, indican.

PRESENTACIÓN DE OFERTAS: La CNMC pide que se modifique el procedimiento formal de recepción de ofertas (sobres separados para oferta técnica y económica; apertura ofertas económicas sólo cuando se hace pública valoración ofertas técnicas), así como concretar y especificar los criterios de admisibilidad y de valoración técnicos. ‘Sería preferible que LNFP utilizase sólo criterios de valoración económica de cara a la adjudicación de los lotes de la licitación’, indican.

MEDIAPRO COMO AGENTE: ‘Lo que más sorprende a la CNMC es que no se haya establecido ninguna base jurídica, más allá de un mero mandato por parte de la Liga para que Mediapro actúe como agente de la entidad para la comercialización a nivel europeo de los derechos de emisión del campeonato’. En este sentido, no se ha producido una modificación del contrato de agencia entre LNFP y MEDIAPRO firmaron para extenderlo a la comercialización de los derechos audiovisuales de Copa de S.M. El Rey fuera de España y, por tanto, no puede descartarse que las condiciones de comercialización puedan modificarse y, por tanto, alejarse de las que actualmente se han iniciado’, indican.

En cuanto a los plazos de la licitación de la venta centralizada, la convocatoria de las ofertas se producirá mañana 5 de noviembre y la finalización del plazo para la presentación de las mismas es el 30 de este mes. De esta manera, y como ya contamos en prnoticias se producirá una adjudicación ‘express’ provisional antes de las 24.00 horas del día 1 de diciembre. La finalización de los plazos para la firma de los acuerdos se producirá el 4 de diciembre. para esa fecha estarán adjudicados todos los lotes que ordenarán el panorama de los derechos televisivos a contar de la temporada 2016-2017 y hasta la 2018-2019.

Seguiremos Informando…

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