Sorprende, despista y confunde

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Cinco Días. Ángel Boixadós. La Directiva Europea de Abuso de Mercado es uno de los problemas que tiene el periodismo. Los periodistas de información económica saben que la regulación y la autorregulación conducen a la censura.

APIE está en Pie de Guerra contra el órgano regulador que preside Blas Calzada. Ángel Boixadós, vicepresidente de APIE publica en Cinco Días este aclaratorio y contundente artículo.

Ángel Boixadós
Vicepresidente
Asociación de Periodistas de información Económica (APIE)

La Directiva Europea de Abuso de Mercado (MAD) sienta unos criterios básicos muy necesarios para perseguir los delitos de iniciados. Desde la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE) valoramos con agrado toda iniciativa, como es el caso, destinada a reforzar la integridad de los mercados financieros y la protección de los inversores. Pero nos sorprende que en su ámbito de aplicación se considere el ejercicio del periodismo económico. Nos sorprende, que entendemos que si una persona comete un “delito de iniciado” se le debe aplicar la sanción establecida en la norma reguladora con independencia de su actividad profesional.


Pero el pragmatismo exige entrar a la APIE en el debate ya que, además de estar ya transpuesta en su prer nivel, la MAD ha situado en el eje del mismo la responsabilidad de los periodistas económicos ante los mercados financieros. Pero esta responsabilidad parece en principio haberse acotado a los periodistas que en sus artículos “recomienden invertir en determinadas acciones”. Pues bien es precisamente aquí donde, desde el punto de vista de la APIE, la MAD empieza a despistarnos. Nos despista, que desde nuestra asociación queremos explicar que no conocemos periodistas que elaboren recomendaciones de inversión sobre acciones de empresas cotizadas. En este punto la MAD nos confunde. Nos confunde, que acerca fuera de toda realidad el trabajo de los periodistas al de los analistas. Pero ambas actividades son distintas que los preros buscan informar a sus lectores, mientras que los segundos tratan de orientar a sus inversores.


Establecido el principio de esta diferencia, algo que el regulador europeo no ha tenido en cuenta, es necesario hablar del secreto profesional de los informadores. No es que la MAD se plantee directamente restringirlo, pero si desde APIE percibos en el fondo del discurso un intento de establecer indirectamente un control sobre los contenidos y sobre las fuentes. Esto es lo mismo que no respetar nuestro secreto profesional, entendido en genérico como “el deber que tienen los miembros de ciertas profesiones de no descubrir a tercero los hechos que han conocido en el ejercicio de su profesión” (Diccionario RAE).


Pero litar el secreto profesional de los periodistas atenta contra los principios de nuestro trabajo y además vulnera normas fundamentales. Baste citar que el artículo 20 de la Constitución Española de 1978 consagra el derecho a la libertad de expresión y el derecho al secreto profesional en el ejercicio de esta libertad.
En todo caso en APIE nos planteamos la siguiente pregunta en relación con la MAD ¿Porque se ponen en entredicho las fuentes de los periodistas? ¿Porque no se preocupa el regulador europeo con la misma intensidad de las fuentes de otras profesiones que intervienen mucho más activamente en los mercados financieros? Además en APIE no vemos la relación entre las operaciones de iniciados y las fuentes de los periodistas. Es más, creemos que somos parte de la solución al problema. Quienes realizan operaciones de “iniciados”, los inversores tramposos, se benefician de la falta de transparencia. Por ello consideramos que los medios de comunicación son la vía más adecuada para diseminar una información relevante en tiempo real y en igualdad de condiciones para todos los inversores. Esto es así, que estamos en un mercado muy competitivo en el que la información no puede esperar ni al ritmo de los reguladores ni al de los supervisores.


En este contexto APIE considera también absolutamente necesario reclamar el derecho al error de los periodistas. Castigar la vía judicial el error de un periodista, sólo se puede justificar si lo que se busca es controlar la información. No acertar no significa haber colaborado con inversores que realicen prácticas constitutivas de abuso de mercado. No acertar en la información supone algo tan grave y tan sple como perder credibilidad ante los lectores.


Por últo el regulador europeo ofrece la posibilidad de que nuestra profesión se autorregule para reflejar los principios recogidos en la MAD. Pero establece un principio curioso: la autorregulación será válida “siempre que esta tenga efectos silares”. Pero en APIE nos mostramos en desacuerdo con toda subordinación directa o indirecta del periodista a los reguladores o a los supervisores financieros españoles. Esto es así, tanto si esta subordinación se refiere a los contenidos como al cumpliento de nuestros códigos de autorregulación.

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