LIMA (18/01/06) La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) no podrán solicitar o tramitar la contratación de publicidad estatal sin la autorización del Jurado Electoral Especial o el Jurado Nacional de Elecciones durante el proceso eleccionario.
La iniciativa pretende garantizar el respeto de los principios de neutralidad y transparencia y establecer las normas de procediento internas en los organismos públicos.
Con ella se controla que el Gobierno pueda efectuar propaganda política a favor o en contra de cualquier partido, ya sea a través de publicaciones oficiales o estaciones de televisión o prenta, públicos o privados.
El procediento a seguir establece que las solicitudes para difundir publicidad estatal las tramite únicamente el presidente del Consejo de Ministros, Pedro Pablo Kuczynski, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Elecciones.
Una vez que éste apruebe la petición, deberá remitirla al Jurado Electoral Especial (JEE) o el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), según corresponda.
El fallo de estos organismos, tanto si es favorable como negativo, será comunicado al funcionario o entidad solicitante para que sólo en ese momento pueda contratar el servicio de publicidad requerido.
Casos especiales
En casos especiales de necesidad o utilidad pública, las dependencias y funcionarios de la PCM pueden solicitar la aprobación inmediata de la Presidencia del Consejo de Ministros sin esperar la respuesta del JEE o el JNE. Para ello deberán comunicar al titular de la PCM dicho pedido adjuntando con anticipación un informe técnico que sustente el pedido y una declaración jurada del jefe o titular de la dependencia pública.