BOGOTÁ (19/01/07) En Colombia se ha desatado una controversia sobre la posibilidad de que la opinión pública conozca las versiones de los líderes paramilitares desmovilizados incluidos en el proceso de paz del Gobierno, La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) pide claridad y sostiene que la Constitución esta que la publicidad es la regla y la reserva la excepción.
En juego está la posibilidad de que algunas víctas presencien esta etapa, pero a juicio de esa organización existen contradicciones y confusiones en torno a esta posibilidad.
En diciembre pasado, la Fiscalía General de la Nación expidió una resolución que permitía la presencia de las víctas en esta etapa si probaban el daño sufrido y si renunciaban a la protección de su identidad. Esta decisión fue respaldada el fiscal octavo de la Unidad de Justicia y Paz, quien está recibiendo las declaraciones de uno de los líderes paramilitares desmovilizados, Salvatore Mancuso Gómez.
No obstante, ante la inconformidad de medios de comunicación y asociaciones de víctas, el fiscal general de la Nación, Mario Iguarán Arana, dijo en un comunicado de prensa que la Fiscalía ‘no ha tenido ni tiene objeción alguna para que se transmitan radio y televisión las versiones libres que rindan los postulados a la Ley de Justicia y Paz’.
La FLIP sostiene que la posibilidad de acceder a la información durante el proceso de desmovilización y juzgamiento no depende de la voluntad de las autoridades judiciales o del visto bueno del gobierno, sino del artículo 74 de la Constitución que establece el derecho de toda persona de acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establezca la ley.
‘La publicidad es la regla, la reserva la excepción. Las excepciones solo pueden provenir de la Constitución o la ley, nunca de una autoridad administrativa’, mantiene la organización en un comunicado.
Según la FLIP, este tema está incluido en la Ley de Justicia y Paz y fue revisado la Corte Constitucional, que en su momento consideró que para aplicar las normas sobre reserva legal en este caso es necesario remitirse a las otras normas legales generales sobre reserva judicial. ‘Es en ese punto donde las víctas, las organizaciones sociales, los medios de comunicación y la comunidad en general requeros absoluta claridad. De cara a las audiencias públicas de juzgamiento, es necesario que la Fiscalía explique las normas que va a aplicar y que, si es necesario, la Corte Constitucional aclare este tema tan trascendental. El acceso a la información es el instrumento fundamental para garantizar el derecho a la verdad de la sociedad’, sostiene la Fundación.
