Tanto las asociaciones de consumidores como la patronal del Seguro, Unespa, se han mostrado satisfechas con la aprobación del Reglamento del Registro de Contratos de Seguro de Cobertura de Falleciento. Lo cierto es que ha costado que el ‘retoño’ viera la luz, pues su aprobación ha tardado varios meses más de lo esperado. Pero lo tantes es que con esta medida se contribuye a la transparencia del sector, ya que incorará al listado entre 40 y 50 millones de contratos para que se sepa si un fallecido tenía una Póliza de Vida.
Con este banco de datos, que albergará todos los seguros de vida suscritos en España, los familiares de una persona que haya fallecido podrán comprobar si éste contaba o no con dicha cobertura, evitando de esta manera que se queden sin cobrar desconociento.
La gestión del Registro quedará en manos del Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, que podrá entregar un documento que certifique si la persona fallecida contaba con un Seguro de vida. La compañías de Seguros estarán obligadas a enviar la información correspondiente a cada Póliza al registro, que conservará los datos durante cinco años después del falleciento del asegurado.
La aprobación del Reglamento fue celebrada la asociación de usuarios de servicios bancarios Ausbanc Consumo, que consideró que la puesta en marcha de esta medida es ‘trascendental’ que dotará de mayor transparencia al sector y contribuirá a ‘restañar’ esta carencia.
Unespa también destacó que las entidades Aseguradoras han trabajando intensamente con la Administración para coordinar técnicamente el desarrollo del proyecto y afirmó que más de un centenar de compañías ya han realizado pruebas y ensayos para preparar su adaptación a los requerientos del Registro.
Uno de los principales beneficios para el sector de los Seguros, según la patronal, será el aumento de la ‘percepción de transparencia’ parte de los ciudadanos. Tras la aprobación del Reglamento, el Registro comenzará a funcionar en un máxo de dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
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