Tras el almuerzo, Carmen Isbert, ha dado la últa ponencia de lo que ha sido la jornada técnica ‘Farmacia y Productos de Parafarmacia’. Publicidad y legislación actual y futura sobre medicamentos, plantas y alentos con ‘pretendida finalidad sanitaria’. La (anefp), ha presentado los productos que pueden y no pueden atribuirse propiedades sanitarias.
Tras el almuerzo, Carmen Isbert, ha dado la últa ponencia de lo que ha sido la jornada técnica ‘Farmacia y Productos de Parafarmacia’. Publicidad y legislación actual y futura sobre medicamentos, plantas y alentos con “pretendida finalidad sanitaria”. Como Secretaria Técnica de la Asociación Nacional de Especialidades Farmacéuticas Publicitarias (anefp), ha presentado los productos que pueden y no pueden atribuirse propiedades sanitarias, así como la postura de la Asociación en cuanto al control de los alentos que, dicen, ‘son beneficiosos para la Salud’.
Publicidad farmacéutica, ¿qué se puede decir y qué no? Tal y como ha empezado Carmen Isbert, ‘al final, los realmente perjudicados son los consumidores’. El desarrollo socioeconómico ha cambiado el estilo de vida de la gente. Ahora la sociedad se preocupa más su Salud, y esto se ve, sobre todo, en los productos de belleza y de alentación, en busca del cuerpo delgado y perfecto, y los denominadas productos milagro. En palabras de Isbert, ‘las empresas han sabido aprovecharse de ello, sobre todo las de alentación’. ¿Puede realmente un alento bajar el colesterol, mejorar los síntomas de la menopausia o ayudar a adelgazar? Si pueden, a partir del 1 de julio de 2007, tendrán que probarlo.
Los Medicamentos publicitarios (EFP), en los que se engloban aquellos que no requieren prescripción médica y que no están financiados el Ministerio de Sanidad, y las plantas con registro especial (PM) que se atribuyen propiedades sanitarias y que están de venta en farmacias, pasan el mismo control para ser publicitados que el resto de medicamentos: la CPS (control previo de la publicidad), número de registro necesario que otorga la Dirección General de Farmacia.
El 1 de julio de este año se presentará (en inglés) la Guía publicada la EFSA en marzo de 2007 que obligará a DEMOSTRAR CIENTÍFICAMENTE las propiedades sanitarias. Si bien, los productos que su uso tradicional ya han evidenciado esas propiedades beneficiosas ( ejemplo el calcio para los huesos, o la soja para la menopausia), los conocidos como NOVEL FOOD, los nuevos alentos, sí tendrán que hacerlo, con ensayos clínicos silares a los que se llevan a cabo con medicamentos. Además, no se autorizará la publicidad que manifieste que “la Salud se ve afectada al no ingerir el alento”, la que afecte al ‘ritmo o magnitud de pérdida de peso’, y en la que aparezcan ‘recomendaciones de médicos o profesionales de la Salud’.
La Asociación Nacional de Especialidades Farmacéuticas Publicitarias se encarga de supervisar todo esto. Desde las farmacias les hacen llegar sus alegaciones, reclamaciones y desacuerdos, y ella se encarga de “poner paz” y asegurarse de que se aplican las leyes vigentes. El 1 de julio de 2007 parece que marcará un antes y un después en la publicidad de productos farmacológicos sin prescripción.
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