Multa a los bodegueros por incitar a conducir

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La Dirección General de Tráfico ha sancionado a una fundación que afirmó en un slogan publicitario que el alcoholímetro no detecta dos copas de vino. Los bodegueros tendrán que pagar 30.000 euros tras la denuncia de una asociación de víctas de accidentes viarios. Tráfico afirma que esta publicidad incita a la conducción temeraria.

La Dirección General de Tráfico ha sancionado a una fundación que afirmó en un slogan publicitario que el alcoholímetro no detecta dos copas de vino. Los bodegueros tendrán que pagar 30.000 euros tras la denuncia de una asociación de víctas de accidentes viarios. Tráfico afirma que esta publicidad incita a la conducción temeraria.

‘Beber dos copas de vino manchego no tiene ninguna incidencia en el índice de alcoholemia que el resultado que dará el aparato de los agentes de tráfico es 0,00’. Este fue el slogan publicitario que costará a los bodegueros de CastillaLa Mancha una multa de 30.000 euros puesta la Dirección General de Tráfico (DGT). En el expediente sancionador, al que ha tenido acceso ‘elperiódicodearagón.com’, se afirma que la publicidad constituye una ‘incitación a situaciones de peligro como son la ingesta de alcohol y la posterior conducción’.

El anuncio fue insertado la Fundación CastillaLa ancha Tierra de Viñedos, entidad creada una ley de la comunidad autónoma pero de carácter privado. La integran los productores y elaboradores de vino de la región y su objetivo es la promoción de las virtudes del vino manchego. Las inserciones publicitarias se produjeron en los meses de marzo y abril en varios dominicales de diversos periódicos. La denuncia la interpuso la asociación de víctas del tráfico Stop Accidentes.

Tras el eslogan, en letras de menor tamaño, los bodegueros cuentan: ‘Durante un almuerzo se sirvieron un par de copas de vino, es decir 18 centilitros (9 centilitros copa), para cada comensal. Personas adultas y sanas. Esta cantidad fue medida con una probeta y ante notario, y se demostró que semejante cantidad de vino resulta irrelevante para el alcoholímetro de la autoridad presente, pues arrojó un resultado de 0,00 gramos de alcohol en sangre en el 100% de los casos’.

Tráfico recuerda que el alcohol está plicado entre el 30% y el 50% de los accidentes mortales y concluye que la publicidad enjuiciada persigue elinar la percepción de ese riesgo parte del conductor.

La sanción interpuesta a la  Fundación CastillaLa ancha Tierra de Viñedos, se basa en el artículo 52 de la ley de tráfico de 1990, que prohíbe la publicidad que ofrezca incitación a la conducción temeraria, a situaciones de peligro o cualquier otra circunstancia que suponga una conducta contraria a los principios de la propia normativa.

 

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