La DGT unifica criterios en el territorio nacional

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Que Cataluña y País Vasco tienen competencias propias en materia de tráfico es todos sabido. Sin embargo, debido a la injusticia que representaba el hecho de que los radares salten a una u otra velocidad según la comunidad autónoma en la que estén situados ha hecho que la Dirección General de Tráfico haya unificado el límite de velocidad al que salta el radar.

Que Cataluña y País Vasco tienen competencias propias en materia de tráfico es todos sabido. Sin embargo, debido a la injusticia que representaba el hecho de que los radares salten a una u otra velocidad según la comunidad autónoma en la que estén situados ha hecho que la Dirección General de Tráfico haya unificado el límite de velocidad al que salta el radar.

 

Desde este momento, norma general, los dispositivos de control de velocidad saltarán cuando el coche se desplace a 10 kilómetros hora enca de la velocidad permitida en la vía. Entre este límite, y el siguiente (a 30 kilómetros hora enca de la velocidad máxa permitida), habrá sanción pero no pérdida de puntos. De ahí en adelante, la pérdida de puntos será progresiva.

 

Señal de Litación de 30 :

 

 

Señal de Litación de 40 :

 

 

Señal de Litación de 50 :

 

 

Señal de Litación de 60 :

 

 

Señal de Litación de 70 :

 

 

Señal de Litación de 80 :

 

 

Señal de Litación de 90 :

 

 

Señal de Litación de 100 :

 

 

Señal de Litación de 110 :

 

 

Señal de Litación de 120 :

 

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