¿Cómo es el Convenio aprobado por FEFE?

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A espera de su aprobación parte de la Dirección General de Trabajo y posterior publicación el BOE, el XXIII Convenio Colectivo Marco para Oficinas de Farmacia (20072010) está listo para aplicarse y para Juan Vacas, vicepresidente de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), ‘se trata de un texto claro y bien estructurado, que facilita las relaciones entre empresarios y trabajadores'.  

Vacas también reconoce que durante el proceso de negociación se ha hecho un esfuerzo para adaptarse a los nuevos tiempos, introduciendo medidas que benefician la conciliación de la vida laboral y familiar y la paridad entre sexos.

Tras la satisfacción la aprobación del mismo, el nuevo convenio, vigente hasta 2010, trae novedades en varios aspectos. Así, ejemplo, en lo que a jornada laboral se refiere, la jornada ordinaria de trabajo en las Oficinas de Farmacia será de 1.770 horas para los años 2007 y 2008 y de 1.762 horas para los años 2009 y 2010 y en cuanto a la distribución de la jornada, el Convenio establece que es facultad exclusiva del farmacéutico titular la organización del trabajo en la Oficina de Farmacia.

Respecto a las retribuciones, contra, la revisión de los conceptos recogidos en las tablas salariales para todos los grupos profesionales en 2008, 2009 y 2010 están referenciadas a los parámetros que determine el Gobierno en la actualización anual del RD Ley 5/2000 y en el tema de las guardias, las horas complementarias de guardia podrán ser compensadas, bien mediante su retribución dineraria equivalente al número de las efectivamente realizadas, según la tabla de retribuciones del Convenio, bien en tiempo de descanso, de acuerdo con las necesidades organizativas del Centro de Trabajo y, en este últo caso, a cada hora complementaria le corresponderá otra de inactividad.

Además, el Convenio añade una serie de medidas para la protección de la maternidad, el embarazo o la lactancia y hace especial hincapié en la igualdad de género y la paridad en cuanto a las condiciones laborales. También se han regulado los Planes de Formación para el colectivo y se detallan los objetivos de esta orientación, entre los que se encuentran, entre otros, la capacitación del personal para adaptarse a los avances y nuevas demandas, la actualización de los conocientos profesionales o facilitar el reciclaje profesional del personal que se reintegra al puesto de trabajo, tras los períodos de excedencia, bajas de larga duración, etc.

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