Anido e Irago, absueltos por la Audiencia provincial

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Daniel Anido y Rodolfo Irago fueron condenados el 18 de diciembre en prera instancia a un año y nueve meses de prisión y a las penas accesorias de inhabilitación especial para la dirección de medios de comunicación un delito de revelación de secretos. El magistrado Ricardo Rodríguez Fernández consideró que los periodistas habían cometido este delito al hacer pública una lista de afiliaciones irregulares al PP de Madrid.

 

Tras presentar un recurso contra la sentencia del juzgado de lo penal número 16 de Madrid, la sección sexta de la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al director de la Cadena SER y al director de los Servicios Informativos. El fallo establece que la lista de afiliados irregulares publicada en la web de la Cadena SER no puede considerarse parte de ningún archivo ni de un libro de afiliados del PP de Villaviciosa de Odón. Así pues, no pudo haber un delito de revelación de secretos. Además, al tratarse de hechos atípicos, la Audiencia esta innecesaria la valoración de otros argumentos utilizados en la sentencia que condenó inicialmente a Daniel Anido y Rodolfo Irago, y la revoca en su totalidad.

 

 


 


 

La Sentencia que condenó a Anido e Irago fue plenamente rechazada toda la profesión que hizo saltar todas las alarmas en torno al asalto de la libertad de expresión. Incluso Juristas de la talla de Rafael de Mendizábal, magistrado emérito del Tribunal Constitucional, Marc Carrillo, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, y Enrique Gbernat, catedrático de Derecho Penal, se mostraron en contra de la STC. Y es que el juez Ricardo Rodríguez Fernández condenó a los periodistas aún sabiendo que la información era veraz y de interés para la sociedad, e incluso se atrevió a afirmar que Intet no podía ser considerado un medio de comunicación al uso, lo que no tenía el mismo derecho a informar.

 

Seguiremos informando…

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