¿ES NECESARIO EL EXAMEN PSICOTÉCNICO … ?

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¿ES NECESARIO EL EXAMEN PSICOTÉCNICO PARA EL PERMISO DE CONDUCIR?

 

Hace más de 25 años que la administración decidió trasladar a la iniciativa privada la certificación de las aptitudes psicofísicas para los permisos de conducir. Hasta finales de 1982 era la propia administración, a través de los Institutos de Orientación Profesional, quien realizaba esta exploración.

 

El Real Decreto 1467 (B.O.E. 6782) autorizaba la creación de Centros de Reconociento específicos privados para realizar las exploraciones psicológicas de los conductores profesionales, a la vez que se unificaba el examen médico y psicológico de los permisos profesionales en un mismo informe. El psicólogo, junto con un médico general y un oftalmólogo, constituía la plantilla mína obligatoria para que la Administración autorizase la apertura y funcionamiento de dichos centros.

 

Se pretendía que los centros de conductores reprodujeran el, reconocido a nivel internacional, “modelo Español” de evaluación psicofísica. Nuestro modelo había alcanzado este reconociento gracias a la labor de ilustres médicos y psicólogos que ataron sus investigaciones para su desarrollo y consolidación.

 

La proliferación de centros de evaluación de conductores, quizás más de los necesarios y la incapacidad de la administración para su vigilancia y control, nos ha llevado a una situación actual en la que conviven tanto aquellos centros que cumplen con la normativa vigente y están sensibilizados de la tancia de esta intervención preventiva, con aquellos que carecen de profesionalidad y escrúpulos. Estos últos son los que llaman la atención de los medios de comunicación y trasladan a la opinión pública una visión injusta de la situación.

 

Se puede pensar que dos son los motivos de estas actuaciones que se denuncian, un lado la falta de ética profesional y otro el profundo desconociento de la normativa. El prer motivo es de difícil solución ya apela a la falta de responsabilidad y podría encontrar su solución con un incremento de la vigilancia, con un mayor presión social mediante las denuncias pertinentes y con sanciones económicas. La falta de formación de los profesionales tiene mejor pronóstico ya que no sería muy difícil corregir esta deficiencia con las ayudas de la administración, las asociaciones de centros o los mismos colegios profesionales. De esa formación podría derivarse la exigencia de una certificación de experto y que fuera un requisito indispensable para otorgar la licencia a los centros.

 

Nuestra normativa nos permite introducir condiciones restrictivas en las licencias o permisos de conducir, esto quiere decir que la probabilidad de un No apto total es más bien baja. Según investigaciones publicadas recientemente, se esta en un 1,43 % al año de reconocientos con resultado Negativo. Esto vendría a suponer que más de 45.000 son dados negativos al año causa psicofísica. Así mismo la misma investigación recoge que más de 34% necesitaran corrección óptica. Cerca del 8 % precisarán restricciones en el periodo de validez. Más de un 4 % precisarán condiciones restrictivas en su permiso. Más de un 3 % precisarán espejos retrovisores obligatorios y un 2,50 % se detectarán consumo de alcohol o sustancias.

 

El “modelo Español” de renovación de conductores podría demostrar su eficacia su hubiera más rigor en las exploraciones, un mayor control de los centros y una mejor formación a los profesionales.

 

D. Roberto Durán Romero (Vocal del área de Psicología del Tráfico y de la Seguridad del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid).

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