El TESTRA, en el punto de mira

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La organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha denunciado que existen ‘graves irregularidades’ en el nuevo sistema para notificar las multas de tráfico a través de Intet. De hecho, insiste en que Tráfico está ‘reduciendo ilegalmente los plazos para recurrir las multas’. Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) afirman que están cumpliendo con lo que dice la ley. ‘Se confunden los plazos legales con el plazo del edicto publicado’, aseguran.

 

Desde el 25 de noviembre, aquellas sanciones que no han podido ser notificadas pasan a publicarse en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), una web que sustituye a los Boletines Oficiales de Provincias. Por entonces, si un conductor era sancionado fuera de su provincia y no era posible entregarle la notificación correo ordinario, se veía condicionado a tener que mirar cada uno de los diferentes boletines. Ahora, todas estas notificaciones de la Dirección General de Tráfico, el Servicio Catalán de Tráfico y País Vasco se publican en un mismo sitio, el Testra. Los Ayuntamientos tienen hasta el 25 de mayo de 2012 pero algunos ya lo hacen, como es el caso del Ayuntamiento de Madrid.

 

Sin embargo, no todos ven beneficios en dicha iniciativa y algunos ya apuntan a que ‘existen graves irregularidades en el nuevo sistema para notificar las multas’. Según Automovilistas Europeos Asociados (AEA), ‘se están reduciendo los plazos que tienen los ciudadanos para formular sus correspondientes recursos’. Para ello, ponen el ejemplo de un conductor sancionado en Melilla el 24 de noviembre y cuyo estado es actualmente ‘no vigente’. ‘Se está haciendo una mala interpretación’, asegura Mario Arnaldo, presidente de la organización, quien destaca que, según la Ley, existen 20 días para formular alegaciones y 30 días para interponer recurso de reposición. De hecho, considera que habría que tener en cuenta 20 días para que el conductor viera el Testra y otros 20 días para que actuase.

 

Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) niegan estas acusaciones y aseguran que ‘se está confundiendo el plazo legal con el plazo del edicto publicado’.

 

En este sentido, una publicación está vigente cuando se encuentra dentro del plazo de exposición o periodo de vigencia de veinte días naturales. Sin embargo, pasa a ‘no vigente’, cuando, a pesar de continuar estando visible durante un año, ya ha finalizado el plazo de exposición, lo que la notificación se da practicada. A partir de ahí, se continúa con el procediento sancionador.

 

Hay que hacer hincapié que, en prer lugar, Tráfico intenta la notificación, ya sea correo ordinario o correo electrónico (si se ha dado de alta en la Dirección Electrónica Vial). Sólo en caso de haber sido posible, la infracción pasa a publicarse en el Testra. El edicto estará legalmente publicado durante 20 días naturales (estado de vigente), y al siguiente día de finalizar este plazo la notificación se da practicada, y continúa el procediento. El trámite de publicación legal ya se ha cumplido y pasa a estar en ‘no vigente’.

 

Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) inciden en que al ciudadano le interesa conocer sus multas. ‘Vamos a hacer lo posible notificar pero, en ocasiones, es posible’, señalaba el director general de Tráfico, Pere Navarro, durante la presentación. El director de la DGT apostaba la tancia de la Dirección Electrónica Vial. Y es que una de cada dos notificaciones iba a la Oficina de Correos que no se encontraba a nadie o que no se hacían cargo. Además, hay que tener en cuenta que 1 de cada 3 multas acaba en embargo de la cuenta ante el desconociento u omisión.

 

Seguiremos Informando…

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