Un juez condena al Ayuntamiento de A Coruña por negar a Marea Atlántica su participación en asuntos públicos

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La portavoz de Marea Atlántica, María García, ha valorado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo No 4 de A Coruña, que ha considerado la demanda del colectivo y condenado al Ayuntamiento de A Coruña por vulnerar su derecho fundamental de participación en asuntos públicos.

El pasado mes de febrero, Marea Atlántica pidió la palabra en el Pleno municipal -era el único punto del Orden del día- para ampliar los convenios con las entidades sociales, culturales y deportivas de la ciudad. Entonces, la alcaldesa Inés Rey rechazó que las peticiones se admitiesen a debate.

El fallo condena al Ayuntamiento coruñés a “pasar por esta declaración y a reponer a la demandante en el pleno ejercicio del derecho infringido, sin perjuicio de la conservación de los actos compatibles con dicha declaración y con imposición de costas a la demandada”. El juez dice que “la alcaldesa se ha excedido en el control de las enmiendas ya que no se limitó al control de la legalidad en cuanto a su planteamiento en el tiempo, forma y relación con la agenda, sino que admitió por cuestión de oportunidad, lo cual está prohibido”.

En rueda de prensa celebrada este 31 de agosto, María García ha pedido a la alcaldesa “una reflexión profunda y una finalidad de enmienda, y la mejor forma de hacerlo es afrontar, cumplir la sentencia y anunciar que el Ayuntamiento de A Coruña no apelará”.

“Lo ocurrido en febrero no debe repetirse, fue muy grave, por lo que la sentencia del tribunal lo reconoce con toda la claridad y contundencia. La alcaldesa cometió un gran error con esta actitud autoritaria y antidemocrática, probablemente mal asesorada y presionado por la parálisis de su gobierno, que entró en 2021 sin presupuestos ni proyecto para afrontar la crisis del COVID19 con voluntad transformadora”, señala García.

Así ocurrieron los hechos

Los hechos tuvieron lugar en el Pleno de febrero de 2021, celebrado el día 24, cuando la alcaldesa vetó las enmiendas presentadas por Marea Atlántica para sumar 340.000 euros a los convenios con las entidades sociales de A Coruña, a cambio de recortes en propaganda. En marzo, interpusieron un recurso contencioso administrativo por violación de derechos fundamentales.

La sentencia, publicada la tarde de este 30 de agosto, le dio la razón a Marea Atlántica. Reza: “El derecho de rectificación no es un mero derecho normativo, sino un contenido central real del derecho a participar contenido en el artículo 23.2 de la Constitución”. Y añade: “Este derecho responde al carácter democrático del procedimiento legislativo y al valor del pluralismo político que debe presidir su desarrollo”.

Marea Atlántica recuerda que la participación en asuntos públicos “sirve para que las mayorías no ahoguen la voz de las minorías, y para que el barrio conozca las posiciones de los distintos grupos”. La sentencia del tribunal también señala que “la alcaldesa se excedió en el control de las enmiendas,

La sentencia condena al Ayuntamiento a pagar las costas del proceso judicial y deja claro de cara al futuro que las enmiendas de la oposición no pueden ser inadmisiblemente caprichosas. Marea Atlántica recuerda que no revoca los acuerdos aprobados en su momento, ni afecta los que posteriormente se prorrogaron en julio.

“No es cierto, como dice el gobierno local, que aprobar nuestras enmiendas en febrero significaría un retraso en la aprobación de los acuerdos. La demora fue para bloquearlos, haciendo que las entidades tuvieran que esperar más de cuatro meses. Nuestra prioridad en este caso era proteger los derechos fundamentales y frenar las actitudes antidemocráticas, no poner en apuros el tejido asociativo de A Coruña”, aclara María García.

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